EXCLUSIVO
Pablo Finquelstein explica todo lo que tenés que saber acerca del periodo de veda electoral
SALTA.- (Redacción) Voces Críticas dialogó en exclusiva con Pablo Finquelstein, secretario del Tribunal Electoral. Lle explica a todos los salteños qué implica un periodo de veda y qué es lo que se tiene que tener en cuenta. A su vez, reconoció que aún no se ha podido regular o controlar el asunto de proselitismo en las redes durante estos periodos.
V. C.: ¿Qué es lo que tiene que tener en cuenta la gente cuando hay un período de veda electoral?
P. F.: La veda política implica, para las fuerzas políticas y para los candidatos, la prohibición de realizar cualquier acto de campaña o publicidad electoral, de forma tal de permitirle a los electores que tengan este tiempo de descanso de propuestas políticas, analicen las diferentes propuestas y puedan elegir con tranquilidad.
V. C.: ¿Esta normativa abarca las redes sociales?
P. F.: Esta normativa no abarca todos los casos, no hay un artículo en nuestra legislación que hable de streaming. La normativa dice que la campaña electoral debe cesar 48 horas antes del acto eleccionario y a partir de allí se entiende que es absolutamente cualquier acto de campaña. Las redes sociales tienen dificultad en cuanto a las posibilidades de control y de determinación efectiva de la responsabilidad de lo que se está difundiendo; pero lo más importante es hacer hincapié en la responsabilidad que tienen que tener los partidos políticos y los precandidatos de respetar las normas que ellos mismos, en muchos casos, votaron y sancionaron. Ellos son los que, en definitiva, van a ser los representantes ya sea de la Legislatura, del Concejo Deliberante o de los cargos ejecutivos; y desde ese lugar deben ser los primeros en respetar las normas.
V. C.: ¿Si la gente ve algún tipo de irregularidad en dónde puede denunciar este tipo de faltas, en un periodo de veda?
P. F.: Corresponde que hagan la presentación en el Tribunal Electoral acompañados de la prueba de esa situación. Esto luego se va a analizar si se trata de campaña, si puede constituir algún tipo de delito y en función de eso se va a canalizar la presentación del reclamo.
V. C.: ¿Cuáles son las sanciones para quienes quebrantan la ley de la veda?
P. F.: No hay una sanción preestablecida, sino que queda a criterio del Tribunal Electoral que obviamente va a evaluar la gravedad y si es que hay alguna violación. Si es que lo hubiera evalúa la responsabilidad de la misma para imponer una sanción.
V. C.: ¿Cuál puede ser una sanción?
P. F.: Pueden ser sanciones del tipo económico.