APROBADA
Ley de Emergencia Económica: nueve medidas que comienzan a regir luego de la sanción
ARGENTINA.- (Redacción Voces Críticas) Luego de doce horas de debate, la Cámara de Senadores aprobó la Ley de Emergencia Económica. Fue con 41 votos afirmativos, 23 negativos y una abstención.
Dicha normativa establece una serie de modificaciones en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
Te detallamos una por una:
Divisas
- Concibe un impuesto a la adquisición de dólares del 30%, que se aplicará por cinco años tanto para su atesoramiento como para compras hechas en el exterior con tarjeta de crédito y débito.
- Se libra de ese impuesto a los viajes internacionales a países limítrofes.
- Este tributo no adhiere para los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato y utilización de plataformas educativas, ni para proyectos de investigación.
- Nación podría disminuir la alícuota del impuesto o suspender el mismo si lo considera necesario.
- La recaudación del impuesto se usará en un 70% para financiar los programas de la Anses, y el restante 30% para solventar obras de infraestructura económica y vivienda social, además de financiar el fideicomiso.
Jubilaciones
- Se cancela por un plazo de 180 días la aplicación de la movilidad jubilatoria.
- Autoriza al Gobierno a poder fijar trimestralmente los aumentos que otorgará a la clase pasiva.
- Quedan exentos de la suspensión los regímenes de las víctimas de la Ley Brisa, judiciales, docentes, ex funcionarios nacionales y científicos, dado que esos grupos tienen sistemas que garantizan un determinado ingreso con relación a los activos.
- Se ampliaron las sesiones extraordinarias para enviar al Congreso un proyecto de ley para eliminar las jubilaciones de privilegio en el Poder Judicial y el Cuerpo Diplomático.
Salarios
- Autorizan a establecer aumentos por decreto.
Tarifas
- El Gobierno quedará facultado para empezar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente, y podrá intervenir por un año los entes reguladores de electricidad y gas.
Deuda pública
- Se faculta al Gobierno a llevar a cabo las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública.
- El Estado tendrá que informar los resultados de esta negociación ante la comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación del Congreso.
Pymes
- Se instrumentará un plan de moratoria para el pago de deuda de las micro y minipymes, con excepción de aquellas deudas vinculadas a las ART, impuestos de combustibles y relacionadas a los juegos de azar.
- Habrá rebajas de contribuciones patronales para las empresas pequeñas y medianas.
- Se da autorización para que el Gobierno pueda segmentar las alícuotas para pymes agropecuarias.
Impuestos
- Se altera el mecanismo para calcular el ajuste por inflación en los balances de las empresas.
- Se incrementa en forma progresiva el impuesto de bienes personales, pero se mantienen exceptuados a pagar los bienes que no superen los tres millones de pesos.
- Sube la alícuota de bienes personales para los activos en el exterior.
- Aumentan los montos mínimos para el pago de impuestos internos a la importación de vehículos, motos y embarcaciones deportivas.
- Duplican tasas de estadística para importar bienes de consumo.
- Los bonos, cajas de ahorro y plazos fijos en pesos ya no pagarán renta financiera.
Agro
- El proyecto pretende otorgar facultades al Poder Ejecutivo para incrementar en tres puntos porcentuales los derechos de exportación a productos agrícolas, con topes que no podrán sobrepasar el 33% para el poroto de soja y del 15% para los productos que no tributaban la alícuota antes del 2 de septiembre de 2018, entre los que se encuentran el maíz y el trigo, entre otros.
- El Ejecutivo tendrá que establecer mecanismos de compensación de los efectos de los derechos de exportación específicos para pequeños productores y cooperativas.
- Las exportaciones en materia minera y de hidrocarburos tendrán un tope del 8%.
- La recaudación se distribuirá en un 67% para la Anses y un 3% para emprendimientos agropecuarios, y será administrado por el Ministerio de Agricultura.
Reservas
- Autorizan al Tesoro a emitir letras en dólares y usar reservas para pagar vencimientos de deuda.
Fuente: TN