2019-12-29

ECONOMÍA

¡Buena noticia en el comienzo del 2020!: no pagarán impuestos los plazos fijos

Los detalles de esta determinación, cómo era antes y lo que hay que tener en cuenta

ARGENTINA.- (Redacción Voces Críticas) Entre tanto ajuste y colaboración para sacar el país adelante habrá una excepción que benefice a los ahorristas: los plazos fijos dejarán de pagar impuestos a partir del miércoles próximo con el arranque de 2020. La excepción serán los plazos fijos ajustados por coeficiente UVA. Esto estará regido por la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

Cabe destacar que el artículo 32 derogó a los artículos 95 y 96 de la Ley de impuesto a las Ganancias. Será a partir del periodo fiscal 2020. Se determina que las colocaciones a plazo en pesos dejarán de pagar la Renta Financiera.

Asimismo, en el artículo 33 aclara que "quedan excluidos de esta exención los intereses provenientes de depósitos con cláusula de ajuste", como los que dan intereses vía la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

Así era antes

En el año 2019, el impuesto a la Renta Financiera se aplicaba a aquellos que habían tenido actividades por arriba de los  $103.018 anuales.  El gravamen, que también es para los tenedores de títulos públicos, es del 5% del rendimiento calculado sobre el importe que exceda los $103.018.

En este sentido, la famosa Ley de Emergencia deja sin efecto este impuesto. Esto aplicará recién a los rendimientos que se obtengan durante el año próximo.

Cabe destacar que a diferencia de los que ahorraron en pesos, quienes lo hicieron en dólares, a  pesar de las devaluaciones que hubo, no tendrán que pagar por ese beneficio obtenido durante 2019.

Pero habrá que tener en cuenta que , el impuesto seguirá vigente para la distribución de dividendos y utilidades, ganancias de capital derivadas de la enajenación de acciones, certificados de depósito de acciones, cuotas y participaciones sociales que no coticen en bolsa o mercados de valores autorizados por la Comisión Nacional de Valores. De la misma manera para utilidades de obligaciones negociables, títulos de deuda o participación en fideicomisos financieros y cuotas parte de fondos comunes de inversión por el ejercicio 2019; y enajenación y transferencia de derechos sobre inmuebles anterior.

Se recuerda, también, que los intereses de cajas de ahorro y cuentas especiales de ahorro seguirán exentos del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas.

Te puede interesar