2020-02-10

ENTREVISTA EXCLUSIVA

Guzmán Coraita: "Un funcionario público no puede cumplir dobles funciones"

En diálogo con Voces Críticas, el abogado apuntó contra el concejal Raúl Córdoba

SALTA.- (Redacción) Voces Críticas dialogó en exclusiva con Gonzalo Guzmán Coraita, abogado y director del sitio Salta Transparente quien puntó contra el concejal Raúl Córdoba, ya que  el mismo fue designado como vocal en la AMT (cargo ad honorem) y a su vez habría sido reelecto en el Concejo Deliberante. " El problema no es que cobre dos sueldos sino las dobles nombramientos en simultáneo", dijo el letrado.

Guzmán Coraita sostuvo que de acuerdo a la Carta Orgánica claramente Rául Cordoba no se puede tener dos cargos públicos a la vez. Agregó, "son muy claras las normas de la Carta Orgánica de la Municipalidad. El argumento es que uno de los cargos es ad honorem, es decir que no cobraría sueldo; pero eso no es argumento porque la Carta Orgánica no hace distinciones si se tiene sueldo o no. Se quiere evitar que haya una doble función y una incompatibilidad entre esas funciones." opinó el abogado.

Al ser consultado si esa norma se refiere a la doble nominación de cargos, explicó lo siguiente: "Claro, exactamente. Un funcionario público no puede cumplir dobles funciones, independientemente que sea con sueldos o no. Lo que la norma persigue es que una persona no ostente dos cargos públicos a la vez para evitar que haya incompatibilidad en las funciones porque el concejal, además de su función de legislar, tiene una función de contralor de los otros poderes y no puede estar integrando espacios de otros poderes distintos", manfiestó.

Asimismo, el abogado dijo que "es ilegal, que contraviene de lo que dice la Carta Orgánica Municipal y además es una falta de ética pública" dijo contundente. Agregó que "El Concejo Deliberante es el que tiene que tomar cartas en el asunto, él tiene que comunicar al Concejo Deliberante esta situación y tiene que optar por uno de los cargos; si no lo hace el Concejo Deliberante tiene que iniciar los trámites para su remoción"

Al ser consultado sobre si esto es habitual y si se lo hizo con otros funcionarios, respondió que "hubo un caso reciente, el del veedor del Tribunal De Cuentas, que fue designado por el Concejo Deliberante, Carlos Humberto Saravia,, que mientras era veedor del Tribunal De Cuentas se desempeñaba como asesor y abogado en la Cooperadora Asistencial. Si bien su cargo era ad honorem, ahí también teníamos una situación de dobles funciones que están prohibidas por las normas públicas"

Guzmán Coraita dejó en claro que la falta no era cobrar dos sueldos sino tener dos funciones en simultáneo y finalizó diciendo: "La norma busca proteger que el funcionario cumpla una sola función pública y no cumpla una doble función; por eso no se puede tener dos cargos públicos, salvo en la docencia que es la única excepción", concluyó.

 

 

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