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COVID-19: los que arriben al país deberán tener en cuenta las siguientes reglas
SALTA.- (Redacción Voces Críticas) Se recuerda a la comunidad salteña que está vigente la obligación de cumplir el aislamiento domiciliario obligatorio. Así lo hizo presente el Ministerio de Salud Pública, el cual rige luego del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del Poder Ejecutivo Nacional, emitido el 12 de marzo, para personas que arriben al país, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19.
¿Qué se debe hacer?
*Las personas deben completar la Declaración Jurada de Cumplimiento de Aislamiento Obligatorio, que se encuentra en el sitio web oficial del Gobierno de Salta http://www.salta.gov.ar/
*El formulario lo puede encontrar en el inicio de la página (HOME). Completar allí lo indicado, es decir los campos con los datos personales del declarante, domicilio donde cumplirá el aislamiento, y las fechas de inicio y finalización del mismo. Una vez completados todos los datos requeridos, se debe guardar el formulario.
* Cabe recordar que ocultar, falsear u omitir información o datos, dará lugar a la aplicación de sanciones establecidas por el Comité Operativo de Emergencia provincial en la Resolución 8/20 y con arreglo a las disposiciones del Código Penal Argentino.
¿Qué establece el DNU?
El artículo 7 del DNU N° 260 establece, en el inciso d), el aislamiento obligatorio durante 14 días o el tiempo que dispongan las autoridades, de: “Quienes arriben al país habiendo transitado por “zonas afectadas”
Por consiguiente, dichas personas deberán, sin excepción, brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas.
Tampoco podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria.
Declaración Jurada de Circulación
También en el inicio (HOME) del sitio web http://www.salta.gov.ar/ está disponible la Declaración Jurada de Circulación, para personas exceptuadas del aislamiento social obligatorio por razones laborales u otras comprendidas en las medidas del Gobierno nacional.
Este formulario requiere los datos personales del empleador, datos de la empresa y del personal dependiente o prestador de servicios con descripción de tareas, más los del vehículo de traslado. Al final del formulario hay un botón amarillo para generar la Declaración Jurada.