2024-05-10

por unanimidad

Turistas francesas: rechazaron el pedido de destitución de los dos jueces acusados

Argumentaron que el contenido de una resolución judicial no justifica la destitución
Por Redacción Voces Críticas

SALTA (Redacción Voces Críticas) El jurado de enjuiciamiento de magistrados, por unanimidad, rechazó la denuncia contra los jueces del Tribunal de Impugnación, Rubén Arias Nallar y Luciano Ignacio Martini por el caso de las turistas francesas.

Además se aclaró que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el fallo de la Corte local y no cuestionó la actuación de los jueces del Tribunal de Impugnación, como tampoco se expidió sobre la inocencia o culpabilidad de Santos Clemente Vera en el caso de las turistas francesas.

Esto se resolvió aplicando la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del Jurado de Enjuiciamiento Nacional y del propio Jurado de Enjuiciamiento local. Allí se afirmó que el contenido de una resolución judicial no puede dar lugar a destitución de los jueces que la suscribieron, máxime cuando las leyes prevén los recursos contra las sentencias y deben ser interpuestos en las causas correspondientes como ocurrió en la causa penal. Esta es una valla contra cualquier intento de arbitrariedad y actúa como una garantía para preservar la independencia del Poder Judicial y de sus jueces.

El pedido de Jury había sido promovido por el diputado provincial José Miguel Gauffin apuntando en su presentación que, del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación surgiría que los jueces habrían incurrido en mal desempeño al condenar a Santos Clemente Vera, el caso de las turistas francesas, en segunda instancia, en tanto -según sus palabras- se habrían arrogado una competencia que es exclusiva de otro tribunal inferior, como es el caso del de Juicio.

Otorgada la intervención que marca la ley, el Procurador General de la Provincia, Pedro García Castiella, señaló que la denuncia incurre en numerosas imprecisiones y extrae conclusiones del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que son inexistentes.

Recordó que en la causa de las turistas francesas, la familia Moumni y parte de la familia, Bouvier solicitaron que el Tribunal de Impugnación condene a Vera. Agregó que los jueces Arias Nallar y Martini se encontraban en condiciones de ejercer competencia positiva. Expresó que la posibilidad de condenar en segunda instancia encuentra aceptación jurídica general y puntualizó que esa solución, en cuanto otorga una respuesta inmediata al justiciable, resulta mucho más acorde a derecho que reenviar la causa para que se realice un nuevo debate. Informa Voces Críticas.

Te puede interesar