2024-08-23

Nuevo DNU

Los micros de larga distancia ya no estarán obligados a cubrir riesgos de muerte e incapacidad

La resolución también elimina la obligación de informar a los pasajeros sobre el costo del seguro en los boletos
Por Redacción Voces Críticas

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) A partir de una nueva normativa publicada en el Boletín Oficial, los micros de larga distancia en Argentina ya no estarán obligados a cubrir riesgos de muerte e incapacidad de los pasajeros en sus seguros obligatorios. La medida se enmarca en la política de desregulación establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, promulgado a finales del año pasado durante la gestión de Javier Milei.

La Resolución 775/2024, que oficializa esta decisión, derogó la Resolución 684 implementada durante el gobierno de Alberto Fernández, la cual exigía a las empresas de transporte interurbano de larga distancia ampliar la cobertura de sus seguros de responsabilidad civil para incluir los riesgos de muerte e incapacidad en caso de accidentes.

Con esta modificación, las empresas de transporte solo estarán obligadas a ofrecer el seguro básico que hayan contratado, sin necesidad de incluir la cobertura adicional que antes era obligatoria. Además, ya no estarán obligadas a informar el costo del seguro en los boletos, una medida que había sido implementada para brindar mayor transparencia a los pasajeros sobre el alcance de la cobertura.

Desde el Ministerio de Economía, liderado por Luis Caputo, se justificó la eliminación de estas exigencias a los micros de larga distancia como parte de la alineación de las regulaciones con el principio de desregulación establecido por el DNU 70/2023.

La Dirección Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, por su parte, argumentó que la medida tiene como objetivo fomentar la competencia y abrir el mercado del transporte, en consonancia con las políticas de la actual administración. Informa Voces Críticas.

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