Avanza la causa
El duro revés judicial para Alberto Fernández: la jueza consideró que puede afectar a la libertad de prensa
SALTA (Redacción Voces Críticas) Si hay un elemento crucial para la causa contra Alberto Fernández en el que se lo acusa de ejercer violencia de género contra Fabiola Yañez, son, sin dudas, las fotos en la que la ex primera dama aparece con hematomas en sus ojos y brazos productos de una presunta golpiza que habría sufrido por parte del acusado. Ante esto, y sumado a la aparición de chats privados, el exmandatario pidió que se retiren dichas imágenes del dominio público y que se preserve su privacidad.
Para ello, Alberto Fernández realizó una contra denuncia a su expareja por la presunta difusión de fotografías de carácter privado y que no correspondía a las consecuencias de haber ejercido violencia física. En este marco, la jueza federal María Eugenia Capuchetti rechazó la voluntad del expresidente en lo que respecta a la abstención “de reproducir, mencionar y/o cualquier otra conducta que implique la invasión a mi privacidad e involucre a mujeres”.
De esta manera, la magistrada hizo caso omiso a lo planteado desde la defensa del líder político por considerar este pedido como impreciso e inconsistente de argumentos y que, dato no menor, puede afectar a la libertad de prensa. Además, consideró que no hay motivos que incriminen a Fabiola Yañez en lo que respecta a la publicación y viralización de imágenes, videos y chats.
Para Alberto Fernández, la madre de su hijo Francisco perjudicó su honor y el de su familia al postear esas imágenes que estarían tergiversando la realidad. También, instó a los periodistas mediante un comunicado que redactaron sus letrados: “intime a los medios de comunicación que se abstengan de reproducir, mencionar y/o cualquier otra conducta que implique la invasión a mi privacidad e involucre a mujeres”.

De acuerdo con lo establecido por Infobae, Capuchetti consideró: “El peticionante no ha logrado demostrar la verosimilitud en el derecho invocado, ya que, al momento de realizar su presentación, no indicó cuál sería el objeto de la medida cautelar”. Asimismo, “tampoco precisó hacia quiénes se debería dirigir la medida solicitada ya que no individualizó correctamente cuáles serían los medios de comunicación afectados”.
Por lo expuesto, la jueza consideró que, de fallar a favor de Fernández, se estaría infringiendo en un derecho constitucional que se trata de la libertad de expresión bajo la carátula de “censura previa”. Por esta razón, subrayó que la preservación de la intimidad y el honor no responde a medidas preventivas, sino a dictámenes reparatorios. En otras palabras, no se puede prohibir difusión de materiales, sino, en caso de constatarse el daño a la moral, ahí se aplica una medida de resarcimiento. Informa Voces Críticas.