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Ya rige el nuevo Régimen Simplificado del Impuesto Ganancias: quiénes pueden adherirse y cómo funciona
ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) Desde el próximo 1° de junio, estará vigente en la Argentina el nuevo Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias, una iniciativa que busca facilitar las presentaciones de contribuyentes individuales y alentar la exteriorización de fondos no declarados, en línea con la política conocida como “dólar colchón”. La medida fue oficializada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a través de la Resolución General 5704/2025, en cumplimiento del Decreto 353/2025.
El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, destacó siete aspectos centrales que permiten comprender el funcionamiento, los beneficios y los puntos controvertidos del nuevo régimen de ganancias. A continuación, un resumen de los más relevantes:
Siete claves del nuevo Régimen Simplificado de Ganancias
- ¿Quiénes pueden adherirse?
Podrán acceder las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, que:
- Tengan clave fiscal con nivel de seguridad 3.
- No tengan CUIT limitado por sanciones administrativas.
- No estén en los segmentos 11 o 12 de “alta significación fiscal”, según ARCA.
Aunque el decreto original excluía rentas del exterior, la resolución no lo menciona, lo que podría habilitar la adhesión de quienes tengan ingresos fuera del país, generando así un posible conflicto legal.
- Segmentación fiscal opaca
La exclusión por segmento en el nuevo Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias se basa en una clasificación interna de ARCA que no es pública, lo que impide saber con certeza si un contribuyente está habilitado o no sin consultar el sistema.
- Menos datos, menos carga
Uno de los beneficios clave es que los adherentes no deben declarar su patrimonio ni calcular consumos durante el ejercicio fiscal. Esto reduce la carga administrativa, pero también limita los controles automatizados de la AFIP.
- Plazos para optar
La opción de adhesión estará disponible desde el 1° de junio hasta el día anterior al vencimiento de la declaración jurada. El trámite se hace en el portal web de ARCA, a través del “Sistema Registral”.
- Opción reversible
El contribuyente puede desistir de la adhesión antes de presentar su declaración jurada, lo que otorga mayor flexibilidad ante cambios en su situación fiscal.
- ¿Hasta cuándo rige?
Por ahora, el régimen aplica únicamente al ejercicio fiscal 2025. No está definido si continuará en años posteriores, lo que genera incertidumbre entre contadores y asesores.
- Falta de guía operativa
Todavía no se publicaron los requisitos técnicos para confeccionar la declaración jurada simplificada. ARCA prometió habilitar un micrositio con instrucciones, pero los profesionales aún no cuentan con lineamientos claros.
Riesgos y advertencias
Aunque el régimen busca promover el uso de fondos no declarados, no garantiza inmunidad fiscal ni penal. Domínguez advirtió que sería necesario un cambio legal para ofrecer protección jurídica plena. Mientras tanto, los funcionarios públicos siguen obligados a denunciar cualquier hecho que encuadre en delitos tributarios, cambiarios o de lavado de activos.
En conclusión, el nuevo Régimen Simplificado de Ganancias es una herramienta novedosa que puede facilitar el cumplimiento fiscal de muchos contribuyentes. Sin embargo, su aplicación genera dudas normativas, falta de transparencia en los criterios de segmentación y riesgos para quienes posean fondos no declarados. Informa Voces Críticas.