2025-08-15

DECISIÓN UNÁNIME

Usina de Fake News: Casación ordenó que se escuche a la defensa de Emiliano Estrada

El máximo tribunal penal anuló el fallo que había declarado “mal concedida” la impugnación y reclamó una audiencia con participación de ambas partes
Por Redacción Voces Críticas

SALTA (Redacción Voces Críticas) La Cámara Federal de Casación Penal resolvió este miércoles, por unanimidad, revocar la resolución de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta que el 11 de junio había declarado “mal concedida” la impugnación presentada por la defensa del diputado nacional Emiliano Estrada contra el pedido de desafuero impulsado por el fiscal federal Carlos Amad.

La decisión del máximo tribunal penal fue adoptada por los jueces Diego Gustavo Barroetaveña (presidente), Gustavo Marcelo Hornos y Daniel Antonio Petrone, quienes ordenaron devolver el expediente sobre el caso de Estrada al tribunal salteño para que realice una audiencia, escuche los argumentos de las partes y adopte una decisión ajustada al procedimiento que establece el Código Procesal Penal Federal.

El planteo de la fiscalía

Durante la audiencia celebrada en Comodoro Py, la auxiliar fiscal Natalia Crede —representante de la Fiscalía General N.º 1 ante Casación— coincidió con el planteo de la defensa. Sostuvo que la Cámara de Apelaciones no cumplió con los pasos previstos en la ley, ya que resolvió de forma escrita, sin convocar a una audiencia y sin dar oportunidad de réplica al Ministerio Público Fiscal ni a la defensa.

Crede advirtió que esta omisión afectó a ambas partes: la fiscalía no pudo formalizar su investigación y la defensa de Emiliana Estrada no pudo exponer sus fundamentos.

La defensa de Estrada

Por su parte, el abogado Jorge Ovejero, defensor de Estrada, coincidió “plenamente” con la fiscalía y subrayó que la falta de audiencia vulneró el derecho de defensa y el debido proceso. Recordó que tanto la jueza federal de Salta como la Sala II de la Cámara ya habían anticipado su postura sobre “la inexistencia de agravio”, lo que a su entender justifica su apartamiento del caso.

Respecto al fondo de la acusación, Ovejero señaló que el fiscal Amad imputó a Estrada por incumplimiento de deberes y peculado de servicios, alegando que dio órdenes ilegales a asesores contratados por el Congreso para producir y difundir videos en TikTok contra funcionarios provinciales. Sin embargo, cuestionó que no se haya probado que el diputado ordenara la publicación o creación de los perfiles, y afirmó que el contenido coincide con denuncias públicas que el legislador había realizado en el Congreso y en redes sociales.

El fallo de Casación

El juez Daniel Petrone, autor del primer voto, destacó que el artículo 362 del Código Procesal Penal Federal obliga a convocar una audiencia para que las partes puedan exponer oralmente sus argumentos. Por ello, hizo lugar a la impugnación, anuló el fallo de la Cámara de Apelaciones y dispuso que se cumpla con el procedimiento.

Si bien rechazó apartar a los jueces que intervinieron previamente, aclaró que la defensa puede utilizar los mecanismos procesales correspondientes para solicitarlo. Hornos y Barroetaveña adhirieron al voto de Petrone y remarcaron la importancia constitucional de la inmunidad de opinión de los legisladores como una garantía para el ejercicio de sus funciones. Informa Voces Críticas.

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