REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
El Gobierno habilitó la compra de fusiles semiautomáticos para civiles
ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) El Gobierno nacional oficializó la habilitación para la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos por parte de civiles, bajo un nuevo régimen de control y autorización a cargo del Registro Nacional de Armas (RENAR). La medida, impulsada por el Ministerio de Seguridad de la Nación, fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y reemplaza la antigua prohibición que regía desde la década de los 90.
Según la resolución, los legítimos usuarios y entidades de tiro podrán adquirir armas semiautomáticas de uso civil condicional, alimentadas con cargadores de quita y pon —como fusiles o subametralladoras derivadas de modelos militares—, siempre que cumplan con estrictos requisitos de trazabilidad, justificación deportiva y almacenamiento seguro.
El cambio normativo representa un giro respecto de las regulaciones que se mantenían desde los años de Carlos Menem, cuando se había establecido una prohibición casi total para los civiles de acceder a este tipo de armamento. Ahora, la medida reemplaza la prohibición previa por un sistema de permisos especiales, bajo fiscalización directa del RENAR, que vuelve a asumir el rol central en materia de control y aplicación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429.
Con esta resolución, el RENAR absorbe las competencias de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), que deja de existir como tal. Además, se derogan las resoluciones 81/02, 54/04, 155/04 y 239/09, consolidando así el nuevo marco regulatorio para los fusiles semiautomáticos.
Cuáles son los requisitos para tener un fusil semiautomático
Para acceder al permiso especial, los usuarios civiles y entidades de tiro deberán cumplir con una serie de condiciones obligatorias:
- Identificación precisa del arma: tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie.
- Sistema de almacenamiento seguro: contar con un Sector de Guarda tipo G2 aprobado.
- Declaración jurada: justificar la solicitud con documentación y fotografías del arma.
- Pago de tasas: abonar el trámite equivalente a la “Tenencia Exprés” y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM).
- Usos deportivos comprobables: mediante certificación de una entidad de tiro o participación en certámenes nacionales o internacionales.
- Antecedentes limpios: no tener sanciones ni trámites pendientes ante el RENAR.
- Antigüedad mínima: cinco años como legítimo usuario de armas de uso civil condicional.
- Evaluación adicional: el RENAR podrá requerir más pruebas para validar la pertinencia de la solicitud.
Qué cambia con la nueva resolución
El nuevo régimen redefine las condiciones de acceso a las armas semiautomáticas, limitando su uso a actividades deportivas o didácticas y a usuarios registrados con trayectoria comprobada. El control se centraliza en una única autoridad nacional, que tendrá la potestad de aprobar, revocar o fiscalizar los permisos según el cumplimiento de la normativa vigente.
Fuentes oficiales destacaron que la intención es sustituir un sistema de prohibición por uno de regulación más estricta, orientado al seguimiento individual de cada arma y su propietario.
Un cambio en línea con la política de seguridad del Gobierno
El Gobierno de Javier Milei ya había dado un primer paso en junio, al derogar el decreto que prohibía la transferencia de armas semiautomáticas, aunque sin habilitar entonces el procedimiento formal para adquirirlas. La resolución publicada hoy completa ese proceso y establece el mecanismo por el cual los civiles podrán comprar y registrar este tipo de armamento.
El Ejecutivo argumenta que el nuevo esquema busca garantizar un control más preciso, transparente y moderno sobre las armas de fuego, sin criminalizar su uso legítimo por parte de tiradores deportivos. Informa Voces Críticas.