2025-11-12

JUSTICIA RATIFICADA

Ratificaron la condena por abuso sexual a un sacerdote de Villa Primavera

El Tribunal de Impugnación confirmó la condena a tres años de prisión condicional contra un sacerdote de Villa Primavera, declarado culpable de abuso sexual
Por Redacción Voces Críticas

SALTA (Redacción Voces Críticas) La Sala I del Tribunal de Impugnación confirmó la condena contra un sacerdote de apellido Sanjinés, quien fue hallado culpable del delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por un ministro de culto. El religioso, que se desempeñaba en la parroquia San Pedro Apóstol del barrio Villa Primavera, recibió una pena de tres años de prisión condicional.

Los jueces Luciano Martini y Ramón Medina ratificaron la sentencia dictada en primera instancia y ordenaron que la decisión sea comunicada al Arzobispado de Salta, con el objetivo de que se tomen medidas preventivas. En su resolución, señalaron que la suspensión eclesiástica del sacerdote ocurrió mucho tiempo después de que la Iglesia tuviera conocimiento de otros hechos similares.

El caso de abuso sexual se remonta a enero de 2021, cuando la víctima tenía 11 años. Según el testimonio de la menor, el sacerdote la tocó de manera inapropiada mientras jugaban con otros monaguillos en el patio de la parroquia. En su declaración en Cámara Gesell, la niña fue clara y consistente: aseguró que el tocamiento “no fue accidental” y que el gesto no fue percibido como inocente.

Los magistrados desestimaron los argumentos de la defensa, que había cuestionado la veracidad del relato de la niña y de sus familiares. “En los delitos de abuso sexual resulta inatendible descalificar el valor probatorio de las manifestaciones de las víctimas, salvo que existan pruebas concretas que indiquen una intención de tergiversar la realidad”, sostuvieron los jueces en su fallo.

La sentencia también destacó que la demora en la denuncia no afecta la credibilidad de los hechos, ya que la madre de la menor buscó inicialmente orientación dentro del ámbito eclesiástico antes de acudir a la Justicia. “El cuadro probatorio impone concluir que la víctima sufrió un hecho de avasallamiento a su integridad sexual por parte del acusado”, concluyeron los jueces al confirmar la condena. Informa Voces Críticas.

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