2025-11-29

CASO HUERGO

Caso Matías Huergo: la Justicia lo sobreseyó y el fiscal Amad pidió llevar la discusión a la Corte

El fallo se basó en la Ley de Blanqueo, pero el fiscal sostiene que no se valoró la intención de dañar al fisco. El debate legal sigue abierto
Por Redacción Voces Críticas

SALTA (Redacción Voces Críticas) El fiscal federal Carlos Amad expresó su desacuerdo con el reciente fallo que sobreseyó al empresario Matías Huergo tras pagar sus deudas tributarias en la causa por facturas truchas. Según Amad, la resolución de la Cámara Federal de Casación Penal no tomó en cuenta la gravedad del perjuicio al Estado, centrándose únicamente en la regularización de la deuda.

El fallo que generó polémica

El 27 de noviembre de 2025, el tribunal confirmó la extinción de la acción penal contra Huergo luego de que cancelara aproximadamente 12 millones de pesos correspondientes a deudas fiscales de sus empresas, vinculadas con IVA e Impuesto a las Ganancias. Con este pago, Huergo quedó exonerado de los delitos de evasión tributaria y asociación ilícita fiscal.

Sin embargo, en diálogo con El Tribuno, Amad cuestionó la decisión, señalando que el pago no cubre el daño real causado al erario a través de la emisión de facturas apócrifas y la organización de una estructura para evadir impuestos. “No se tiene en cuenta la intención de las personas de hacerle daño al fisco, de organizar una asociación ilícita para evadir impuestos”, afirmó.

El fallo que benefició a Matías Huergo se basó en la Ley N° 27.743, que establece un régimen de regularización de deudas tributarias con beneficios para quienes cancelen sus obligaciones. Según la interpretación del tribunal, el pago de la deuda permite la extinción de la acción penal, sin importar la gravedad del delito fiscal.

Amad considera que esta interpretación es errónea, ya que favorece la regularización fiscal mientras se desatiende el perjuicio económico y social causado por delitos graves, como la manipulación de facturas falsas.

Cuestionamientos al decreto reglamentario

El fiscal también criticó el Decreto Reglamentario N° 608/2024, que amplió los beneficios de la Ley de Blanqueo a delitos fiscales más graves, incluyendo la asociación ilícita fiscal. Amad lo calificó de inconstitucional, argumentando que el Ejecutivo excedió sus facultades al otorgar beneficios no contemplados por la ley.

Tanto él como un fiscal en Córdoba presentaron recursos de casación, pero hasta el momento los tribunales superiores avalaron la inclusión de la “asociación ilícita fiscal” dentro del régimen de moratoria. La resolución definitiva podría llegar hasta la Corte Suprema de Justicia si se apela ante la Cámara de Casación y ARCA.

El caso, que se hizo público en enero de 2019 tras un allanamiento a la Municipalidad de Salta y la casa de Huergo, generó un fuerte escándalo. La controversia continúa, ya que el fallo ha abierto un debate sobre la eficacia de los regímenes de blanqueo fiscal frente a delitos graves y la protección del erario público. Informa Voces Críticas.

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