CORTE SUPREMA
Extradición fallida: la Corte Suprema marcó errores graves en un juzgado federal salteño
SALTA (Redacción Voces Críticas) La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló la extradición a la República del Perú de José Luis Aliaga Reyes, que había sido concedida por el Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán, al considerar que el trámite estuvo plagado de irregularidades y vulneró garantías básicas del debido proceso. La decisión del máximo tribunal dejó en evidencia fallas graves en el procedimiento judicial seguido en Salta.
El fallo de la Corte Suprema, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, reviste especial importancia institucional, ya que se trata del primer pronunciamiento del Alto Tribunal en una extradición pasiva tramitada bajo el Código Procesal Penal Federal, vigente en esa jurisdicción desde 2019. Los jueces coincidieron en que el juzgado interviniente omitió etapas esenciales previstas por la Ley de Extradición.
Según el expediente, Aliaga Reyes era requerido por la justicia peruana por el delito de robo agravado. Al momento de la notificación roja de Interpol, el acusado se encontraba detenido en Salta por otra causa penal. Tras una audiencia inicial, manifestó su negativa a consentir la entrega y designó defensora particular. Sin embargo, cuando el pedido formal de extradición fue presentado meses después, el proceso avanzó sin repetir audiencias obligatorias ni garantizar un juicio conforme a la normativa vigente.
En su análisis, la Corte Suprema remarcó que no se cumplió con la audiencia prevista en el artículo 27 ni con el juicio exigido por el artículo 30 de la Ley 24.767, y subrayó además una situación especialmente delicada: la defensa técnica había renunciado al patrocinio antes del dictado de la sentencia, quedando el requerido sin representación efectiva. Para el tribunal, esta secuencia colocó al imputado en un estado de indefensión incompatible con la Constitución.
Finalmente, la Corte dejó sin efecto la sentencia que había concedido la extradición y ordenó retrotraer el proceso para que se cumplan todas las etapas omitidas, garantizando audiencias, juicio y defensa efectiva. La decisión no implica un rechazo definitivo al pedido peruano, pero fija un criterio claro: sin respeto pleno al debido proceso, ninguna extradición puede considerarse válida. Informa Voces Críticas.