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La ANMAT prohibió la venta de unos suplementos alimenticios

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La ANMAT prohibió la venta de unos suplementos alimenticios
Por Redacción Voces Críticas
martes 21 de enero de 2020

ARGENTINA.- (Redacción Voces Críticas) La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este lunes la comercialización de dos suplementos vitamínicos y nutricionales a través de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial.

Se trata del "Mass Gainer – Extra Mass Gainer con Óxido Nítrico y Glutamina – New Technology Supplement 'Up Cross'". En la disposición 167/2020 se establece la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional del alimento por estar falsamente rotulado, por carecer de registro de establecimiento importador y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal”.

Por otro lado la ANMAT prohibió la siguiente marca de colágeno:

*“Suplemento dietario a base de colágeno hidrolizado metilsulfonil metano MSM, ácido hialurónico y vitamina C, marca y nombre de fantasía “LUVION PROFESIONAL VIVRE”, RNPA N° 04- 066871, elaborado por RNE N° 04-003380, comercializado por Silvina Maschio, contenido neto 360 g- 30 sobres de 12 g cada uno (envase secundario)” 

*“Suplemento dietario a base de colágeno hidrolizado, resveratrol, vitamina C y coenzima Q10 sabor a frutos del bosque en polvo, alimento dietético, marca y nombre de fantasía “LUVION BLOW COLÁGENO BEBIBLE”, RNPA N° 04-064816, elaborado por RNE N° 04-003380 y RNE N° 04-004466, comercializado por Silvina Maschio, contenido neto 360g- 30 sobres de 12 g cada uno (envase secundario)” por estar falsamente rotulados al consignar registros apócrifos, resultando ser productos ilegales.

* “Suplemento dietario a base de colágeno hidrolizado metilsulfonil metano MSM, ácido hialurónico y vitamina C, marca y nombre de fantasía “LUVION PROFESIONAL VIVRE”, RNPA N° Exp.: DCA02-195880161019, elaborado por RNE N° 04- 004584, contenido neto 12g (envase primario)” por estar falsamente rotulados al consignar registros apócrifos y por contener concentraciones de acido hialurónico asociadas a indicaciones terapéuticas, por lo que se trata de un producto ilegal.

Las razones son las siguientes: están “falsamente rotulados al consignar registros apócrifos” y que el producto identificado con RNPA N° EXP.:DCA02-195880161019 contiene concentraciones de ácido hialurónico asociadas a indicaciones terapéuticas, por lo cual se trata de productos ilegales.

También se prohibió  por la Disposición 10358/2019  el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional de

 *“Bomba para infusión APPLIX SMART AR, Serie: 21907235, 22024366, 22024402, 22413394, 22444344, 22444347; N° de PM: 648-22, y de la Bomba para infusión VOLUMAT AGILIA AR, Serie: 20589032, 21721989, 22029331, 22029634, 22029641, 22711903, 21578097; N° de PM: 648-24”.

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