Tu voz, nuestra razón de ser.
domingo 28dejuniode 2026

PASO 2019: te respondemos las dudas más frecuentes a la hora de votar

PASO 2019: te respondemos las dudas más frecuentes a la hora de votar
PASO 2019: te respondemos las dudas más frecuentes a la hora de votar
Por Redacción Voces Críticas
domingo 06 de octubre de 2019

ARGENTINA.- (Redacción Voces Críticas) ¿Tenés algunas dudas a la hora de votar? ¡Te respondemos las preguntas más frecuentes!

Votamos para ejercer el derecho político a elegir las autoridades que van a representarnos en los distintos cargos públicos del país.

Constitución Nacional, Art. 1, 22 y 37.

El voto es universal, igual, secreto y obligatorio.

Constitución Nacional, Art. 37.

Es la que permite que los jóvenes argentinos desde los 16 años puedan votar. Antes de esta ley se podía votar recién a partir de los 18 años.

Ley 346, Art. 7.

Sí, siempre que tengas hecha en el DNI la actualización de los 14 años y estés inscripto en el padrón. El padrón electoral es la lista de todas las personas habilitadas para votar.

Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Art. 2 y 30.

Ley 17.671, Registro Nacional de las personas, Art. 10 inciso b.

Se aplica en todo el territorio del país para la elección de candidatos nacionales. Es decir, para elegir Presidente, Vicepresidente, senadores y diputados de la Nación. En el caso de los candidatos locales (legisladores provinciales, concejales, intendentes y gobernadores) se aplica la ley vigente en cada provincia que establece la edad a partir de la cual se puede votar. Consultá en tu provincia.

Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Art. 1.

Hasta 20 días antes de las elecciones tenés derecho a pedir que se corrijan los errores. La forma de hacerlo es siempre gratuita, personalmente o por carta certificada con aviso de recepción.

Ley 19.945, Código Nacional Electoral, Art. 33.

Si tenés 16 o 17 años, tenés que votar con tu DNI actualizado. La actualización es la que tuviste que hacer cuando cumpliste 14 años.

Ley 17.671, Registro Nacional de las personas, Art. 10 inciso b.

Sí, porque la Constitución Nacional y la ley determinan que el voto es obligatorio. Sin embargo, la ley no establece ninguna sanción para los menores de 18 años que no voten.

Constitución Nacional, Art. 37.

Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Art. 12 y 125.

Podés votar si estás en el padrón electoral.

Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Art. 88.

Es el registro o lista de todas las personas que pueden votar. Tiene los siguientes datos de todos los votantes: nombre y apellido, sexo, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, profesión, tipo y número de documento, entre otros.

Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Art. 15.

Entrando al del sitio padrón electoral https://padronelectoral.org . Es importante que revises que tus datos estén incorporados en forma correcta. Además, podés consultar el lugar de votación y la mesa que te corresponden.

Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Art. 26.

Para poder votar necesitás tu documento de identidad y estar inscripto en el padrón.

Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Art. 88.

El día que vas a votar tenés que cumplir con estos pasos:

Cumplidos estos pasos, tu voto ya fue emitido.

Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Art. 86, 93, 94 y 95.

Votás en blanco cuando entregás el sobre vacío, sin elegir a ningún candidato. En la boleta electrónica hay una opción en la pantalla: "voto en blanco" El voto en blanco es un voto válido.

Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Art. 101 punto 4 III.

Un voto es nulo cuando:

Ley 19.945. Código Nacional Electoral, Art. 101 punto 4 II.