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Créditos a tasa cero: prorrogan el plazo para que monotributistas y autónomos puedan solicitarlos

Más de 500 mil personas ya iniciaron el trámite
AFIP. Fuente: Twitter
AFIP. Fuente: Twitter
viernes 29 de mayo de 2020

ARGENTINA.- (Redacción Voces Críticas) La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el plazo para que monotributistas y autónomos puedan solicitar los créditos a tasa cero; el mismo se extendió hasta el 30 de junio. Esta ayuda financiera es brindada para que contribuyentes y empresas enfrenten los infortunios económicos que origina la pandemia.

Según el organismo, más de 500 mil personas ya iniciaron el trámite a través del sitio web de la AFIP para acceder a la medida prevista en el Programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción. Aún no se sabe si en los próximos meses se extenderá el beneficio de este préstamo.

AFIP indicó que la prolongación de los plazos para que monotributistas y autónomos puedan acceder a los créditos a tasa cero, "busca garantizar la efectiva tramitación de alrededor de un millón de créditos que todavía están disponibles para todos los contribuyentes que cumplen con los criterios de elegibilidad".

¿Cómo puedo tramitar un crédito a tasa cero?

- Ingresá al sitio web de la AFIP con tu Clave Fiscal

- Hacé click en la solapa “Crédito Tasa Cero”

- Informá el monto total pretendido (el sistema mostrará el mínimo y máximo del crédito al que podrás acceder de acuerdo a tu categoría).

- Indicá el número de su tarjeta de crédito donde se acreditarán los tres tramos mensuales del préstamo. Si no cuenta con una, deberá informar cuál es la entidad bancaria elegida para tramitar el crédito.

- Al finalizar la carga de la información solicitada por el sistema, los datos serán remitidos al BCRA para su correcta verificación. Si el procedimiento determina que la solicitud no puede avanzar, el sistema informará al monotributista o autónomo los motivos por los cuales se deniega el crédito.

Requisitos para acceder al crédito desde el portal de AFIP

Para solicitar el crédito las personas necesitan:

- Clave Fiscal (nivel de seguridad 2).

- Registrado domicilio fiscal electrónico -correo y teléfono establecidos como canal de contacto- en la web de la AFIP.

- Es importante aclarar que la AFIP solicitará a las entidades bancarias sumar cada uno de los tramos desembolsados, el monto equivalente a la obligación mensual y normal impositiva, y destinarán esos recursos directamente al pago del vencimiento. Los contribuyentes en las cuales estén adheridos al débito automático del pago de su cuota mensual, tendrán que pedir un “stop debit” por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad. Por otro lado hay que recordar que la Jefatura de Gabinete fija los criterios y es el Banco Central el que valida cada caso.

Excluidos del programa ATP:

Quedan afuera del crédito a tasa cero:

- Monotributistas categoría A y B que fueron beneficiarios de IFE.

- Monotributistas que está en relación de dependencia.

- Monotributistas que a su vez son jubilados o pensionados.

- Monotributistas o autónomos que le facturan al sector público nacional, provincial o municipal.

- Monotributistas que hayan hecho una compra mayor al 80% de sus ingresos promedio mensual.

- Monotributistas que en el monto de la facturación electrónica del período 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fuese superior/mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.

Cabe subrayar que no se van a tener en cuenta para otorgar este crédito los siguientes aspectos de los contribuyentes:

- Parámetros patrimoniales (ser titular de rodados, inmuebles, embarcaciones etc.).

- El grupo familiar.