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SALTA/ENTREVISTAS

Observatorio de Violencia Contra la Mujer: amparo en la Justicia para analizar los procedimientos de selección de autoridades

En diálogo con Voces Críticas, la abogada Antonieta Plaza, se refirió a la nueva gestión del Observatorio de Violencia Contra la Mujer. Se refirió además a la situación de Irene Cari.
OVCM
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Por Redacción Voces Críticas
martes 14 de julio de 2020

SALTA.- ( Redacción) Voces Críticas dialogó en exclusiva con la abogada Antonieta Plaza, ha solicitado un amparo en la Justicia para analizar los procedimientos actuales de selección de autoridades en el Observatorio de Violencia Contra la Mujer.

V. C.: Doctora Plaza, ¿Se está disputando cuál va a ser la nueva gestión del Observatorio de la Mujer?

A. P.: En realidad está planteado el amparo en términos de que el procedimiento, por el cual ella sale primera, está viciado. Por lo tanto el remedio procesal que encontramos nosotros, fue el amparo para corregir la falta de legislación. La falta de legislación permitió que las organizaciones elijamos sin una normativa previa. Al no tener una normativa que diga cuáles son los requisitos o cómo tiene que ser la candidata las jurado, tampoco tiene un avance para elegir. Las jurados la convoca a Irene y cuando ellas hacen la lista de méritos se dan con que Irene no presentó sus antecedentes provinciales.

V. C.: Antonieta Plaza, dicho sea de paso Irene fue detenida hace unas semanas atrás, ¿Esto es así?

A. P.: Sí, pero no obstante eso queda a criterio del Juez porque está afuera de los hechos que se evalúan cuándo se traba la litis. Cuando se traba la litis se cierra los hechos que el juez merita. El juez tiene mucho para meritar porque hay muchos antecedentes penales que hablan de malversación de fondos, una familia que denuncia que Irene tuvo abuso con una joven travesti y hay cuestiones bastantes graves que a nuestro entender no fueron cotejadas por el jurado; ella se puede sentir la mejor candidata pero al haber una falta de legislación puedo estar cuestionando la forma que fue meritada.

V. C.: ¿Cómo puede ser que dos de las tres personas del triunvirato sean puestas por la misma Irene Cari?

A. P.: Justamente en la primera elección que hubo, de referentes de ONG, para trabajar en el observatorio de violencia de género, participó activamente el Ejecutivo. El Ejecutivo compartió a la mesa los mismos requisitos; había que tener los mismos requisitos para ser una directora que representa a las ONG que una representante del Ejecutivo. Las reglas eran claras y sí faltaban algunos de esos requisitos la candidata se tenía que bajar o no iba a poder continuar. Esto, en esta ocasión, no pudo ser así porque al ser todas pares, y no haber respeto de las bases que nosotras mismas establecimos, es la razón por la que a la organización que represento no queda otra vía que el amparo porque no hay manera que Irene entienda que estaba faltando a uno de esos requisitos que es el tema de los antecedentes penales.

V. C.: Además de los antecedentes penales, ¿Qué otra condición tiene que reunir un candidato para acceder al tal cargo?

A. P.: Tenés que tener más de 3 años de antigüedad con personería jurídica, tener resguardo de los derechos de las mujeres en situaciones de violencia, promover no solamente una vida libre de violencia sino el acceso a mejoras de derechos a la vivienda, educación, etc. Todas estas cuestiones te califican como ONG que trabaja por los derechos de las mujeres, esto tiene que ser explícito. Después tenés que tener antecedentes y trayectoria reconocida en donde lo acreditas con recortes de diarios; proyectos de ley que hayas presentado; concursos en los que hayas intervenido, monitoreado, coordinado, no solamente participado.

V. C.: ¿Irene Cari no acreditó algún tipo de capacitación?

A. P.: Sus antecedentes son muchísimos, tiene muchísimos cursos, pero que haya hecho muchísimo cursos no quiere decir que haya entendido. Tiene hasta tercer año de una carrera universitaria y constantemente hace referencia a una pertenencia originaria que es la primera vez, en sus años de trayectoria, que lo trae a colación. La autopercepción originaria no puede ser de un día para el otro y además ella es una persona de la ciudad, no se crió en una comunidad. No puede haber vivido toda la vida en la ciudad de Salta como una persona cosmopolita y de un día para el otro decir soy una persona originaria.

V. C.: ¿A qué tribu adjudica pertenecer?

A. P.: A la comunidad originaria Coya. Ella se revictimiza y refuerza con obstinación el haber ganado el cargo. Frente a esto me ataca personalmente, cuando no está dadas las condiciones para que esto sea tenido como legal. Puedo pedir al juez que haga un control de la legalidad del procedimiento y eso es un derecho constitucional. Los abogados de ella no supieron si quiera dar cuenta al juez de cómo había sido convocada al concurso. No se llamó a asamblea; no se publicó los medios masivos de difusión, ni por vía gráfica, ni por internet.

V. C.: ¿No se publicó previamente para dar oportunidad a todas las personas para que puedan participar?

A. P.: Exactamente, eso no se hizo. Las bases tienen que ser claras para los mismos jueces.

V. C.: ¿Cuáles son los procedimientos legales que ha decidido llevar adelante?

A. P.: El amparo tiene 7 meses de tramitarse, son 350 fojas e incluso más porque hay documentación reservada. Hay mucho trabajo de todas las partes, tanto del Observatorio como de la fundación que inicia el amparo. Irene tiene un acompañamiento del patrocinio legal, hicieron sus formulaciones y su defensa. Estamos prácticamente a 15 días de que el juez emita un fallo definitivo. Él propuso que llevemos alternativas de solución y el Observatorio llevó una solución que implica que en caso que el juez dicte la nulidad del concurso se promueva un llamado para que el concurso sea llevado en la universidad por la vasta trayectoria que tiene la misma en realizar este concurso. A lo cual Irene manifestó en varias oportunidades que iba a aceptar el fallo del Juez. No obstante sus abogados presentaron un documento con 16 adhesiones hablando de cómo el Poder Judicial se estaba inmiscuyendo y tomando atribuciones sobre las causas de las mujeres; pero el juez no se está inmiscuyendo, está haciendo su trabajo ante el pedido de un justiciable, que es la fundación, que hace el pedido de evaluación sobre la legalidad del procedimiento.