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Folloni perdió ante Fiore y se queda sin la presidencia del partido Renovador

La Justicia Electoral le cerró las puertas a Folloni

 Folloni perdió ante Fiore y se queda sin la presidencia del partido Renovador
martes 22 de diciembre de 2020

SALTA (Redacción Voces Críticas) La justicia se expidió acerca de la interna en el partido favoreciendo a Cristina  Fiore. Además, le dejó en claro a Carlos Folloni que no puede participar en la interna ya que ni siquiera es afiliado del mismo partido. El fallo de la justicia es claro: "corresponde no hacer lugar a los recursos de apelación deducidos por el apoderado de la lista Movimiento de Recuperación Renovadora".

"El apoderado de la Lista “Movimiento de Recuperación Renovadora” del partido político de autos, dedujo recurso de apelación en contra de las Resoluciones N° 7, Nº 8 y Nº 9 de la Junta Electoral partidaria", explica en otro párrafo el documento de la Justicia Electoral.

"En efecto, teniendo en cuenta lo informado por Secretaría a fs. 5.824 y fs. 5.853, surge que Carlos Eduardo Folloni , DNI 28.259.750, se afilió el 18 de enero de 1.991 y renunció el 9 de junio de 2.017; Emilse Romina Causarano, DNI Nº 26.246.742, estuvo afiliada hasta el 7 de agosto de 2.013; Silvina Patricia de Paul, DNI Nº 17.133.718, y Marcelo Gastón Tache, DNI Nº 30.013.156, no se encuentran afiliados a la agrupación política de autos", se detalla en el documento.

En otro párrafo expresa: "que mediante la Resolución Nº 7/20, la Junta Electoral hizo saber al presentante que para incorporar al padrón partidario a los ciudadanos Carlos Eduardo Folloni, Emilse Romina Causarano, Silvina Patricia de Paul, Marcelo Gastón Tache se debía dar cumplimiento con las exigencias previstas en la Ley Nº 23.298 y en la Carta Orgánica partidaria, y le otorgó un plazo de 48 hs. a fin de que subsane la presentación para poder continuar con los trámites correspondientes". 

"Que por otra parte, mediante la Resolución Nº 9 de la Junta Electoral partidaria, se rechazó la recusación formulada contra el presidente de ese órgano, Dr. Marcelo Gerardo Chuchuy, formulada por el apoderado de la Lista Movimiento de Recuperación Renovadora”. El planteo efectuado ante el órgano partidario se fundó en que el Dr. Chuchuy actuó en los autos “Rocha Alfaro c/ partido Renovador de Salta Expte Nº 4180/20”, en su calidad de apoderado partidario y que por ello no debía seguir integrando la Junta Electoral, puesto que -según afirma- sus intereses se contraponen y agravian su participación", expresa el documento al que Voces Críticas tuvo acceso.

Hacé click aquí para leer el fallo completo.

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