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JUSTICIA

Caso Sandra Palomo: pese a ser sobreseído, el menor no saldrá en libertad

El adolescente fue acusado del delito de homicidio calificado por alevosía

Caso Sandra Palomo: pese a ser sobreseído, el menor no saldrá en libertad

SALTA (Redacción Voces Críticas) Hace tan solo una semana, la jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, sobreseyó a L.N.C.V. por inimputabilidad en la causa que se sigue por el crimen de la docente Sandra Palomo. No obstante, esto lejos está de significar su libertad. Desde el Poder Judicial indicaron que las juntas médicas semestrales ordenadas por la jueza de Menores 1, Tatiana Dip Torres, “no podrán determinar el cese de las medidas que en la actualidad pesan sobre el menor, cuya autoría del crimen no entra en discusión”.

L.N.C.V., quien había sido acusado de ser el autor del homicidio de la docente salteña, cumple en la actualidad una medida de seguridad provisoria que es la consecuencia de su minoría de edad y no como producto de razones atinentes a sus facultades mentales. Es por esto que la opinión de la junta médica que solicitó el Juzgado de Menores de Primera Nominación en ningún caso resultará decisiva para mantenerla o hacerla cesar.

Los términos y alcances de la medida de seguridad provisoria que recae sobre el adolescente de ser el autor del crimen de Sandra Palomo fueron establecidos por el Tribunal de Impugnación.

Atrocidad

En diciembre del 2020, el juez Luciano Martini sostuvo que "las medidas tuitivas o educativas no resultan consecuencia de algún problema de salud mental. Por tal motivo, a diferencia de los supuestos del artículo 34 inciso 1§ del Código Penal, en casos de inimputabilidad por minoridad se acentúa aquella máxima que impone la ponderación íntegra del cuadro probatorio; de modo que los dictámenes profesionales deben ser cotejados en conjunto con las particularidades del hecho cometido, es decir, del presupuesto ineludible para imponer la sanción".

En la resolución se hizo hincapié en las características del delito cuya crueldad “asombra”. En esta línea el juez resaltó, por ejemplo, “la selección azarosa de la víctima, el modo elegido para la ejecución, los supuestos móviles perseguidos y la absoluta indiferencia por la vida humana que se desprende de las acciones del acusado al trasladarla durante varias horas en la camioneta que le sustrajo y jactarse de ‘su hazaña’ frente a sus amigos”.

De acuerdo al criterio del tribunal, todo esto deja en evidencia “la absoluta peligrosidad del menor tanto para sí como, fundamentalmente, para la sociedad, pues provocó una dolorosa y aberrante tragedia por el solo hecho de matar por matar, o matar para manejar un rato una camioneta, o por ideas más afines a la ficción que a la realidad”.

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