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Incentivo económico

El Gobierno extiende un importante beneficio económico en relación al turismo

La decisión se tomó debido a las últimas restricciones por el contexto sanitario.

El Gobierno extiende un importante beneficio económico en relación al turismo

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) En relación al turismo, ayer el Gobierno nacional confirmó que se amplía, con una inversión de $2.000 millones, la línea de créditos a tasa 0% para PyMEs, monotributistas y autónomos del sector turístico. “Si formás parte de una MiPyME, sos monotributista o trabajador autónomo dedicado al turismo, podés acceder a un crédito para financiar capital de trabajo y gastos de evolución”, comunicó el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.

De esta manera, considerando que el sector turístico es uno de los más afectados por el contexto sanitario, se indicó que, para sociedades y autónomos, el monto máximo será el equivalente a 2,5 meses de facturación, dicho valor surgirá del promedio mensual de ventas de 2019, con un tope de $10.000.000. “Para monotributistas de las categorías A, B y C, el crédito se va a otorgar en un único desembolso de $50.000. Para los contribuyentes de las categorías D, E, F, G, H, I, J y K, el desembolso será de $200.000”, precisó el organismo.

En cuanto a los detalles de este financiamiento para incentivar al turismo, se aclaró que el plazo es de hasta 24 meses, con 12 de gracia sobre el capital. Asimismo, se indicó que la tasa de interés es del 0% desde la cuota 1 a la 12 y del 18% desde la cuota 13 a la 24, y está bonificada por el FONDEP.

Por otro lado, las personas pertenecientes a esta industria, tendrán garantía del 100% del Fondo de Garantías Argentina (FOGAR) a través de esta línea crediticia. Es necesario remarcar que está destinado a MiPyMEs turísticas, monotributistas y trabajadores autónomos dedicados al turismo.

 

Requisitos


En cuanto a los requisitos que deben tener empresas y trabajadores de turismo, deben tener Certificado MiPyMe vigente; presentar como garantía la fianza personal de los socios o accionistas que representan más del 50% del capital social o la fianza de un tercero; estar inscripto en el Régimen simplificado para pequeños contribuyentes, Monotributo, Trabajadores autónomos o en el Régimen general desde antes del 3 de marzo de 2020; no tener cheques rechazados sin cancelar anteriores al 20 de marzo de 2020; no estar en el Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) ni estar en juicio con la entidad bancaria como demandada; no estar en situación crediticia 3, 4 o 5; y realizar alguna de estas actividades o contar con el certificado de elegibilidad emitido por el Ministerio de Turismo y Deportes.

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