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Cuestionan la estimación de consumos que hizo EDESA durante el 2020

El abogado Pedro Arancibia, quien lleva adelante esta acción colectiva, explica el caso

Fuente: Twitter
miércoles 14 de julio de 2021

Salta (Redacción Voces Críticas) En el marco de la acción colectiva de consumo que presentó la organización AYMI contra la empresa EDESA, el viernes pasado declaró Daniel Paganetti, ex Director del Ente Regulador de Servicios Públicos, y para conocer los detalles del caso, Voces Críticas se puso en contacto con Pedro Arancibia, abogado de la asociación civil.

El abogado explicó: “Yo soy el representante legal de la asociación civil AYMI, AYMI se dedica, y en su estatuto lo tiene previsto, a la defensa de consumidores y usuarios, y su representatividad es precisamente en nombre del colectivo de todos los usuarios y consumidores, en este caso de energía eléctrica, y acá se determinó que hubo una maniobra, desde nuestro punto de vista, fraudulenta, porque no se había solicitado como corresponde y como lo había dicho Paganetti, autorización previa al Ente Regulador para hacer una estimación, esta estimación es lo contrario a ir a un lugar y hacer lectura real de los medidores, tampoco se acreditó que la estimación se haya hecho como lo establece el reglamento conforme al mismo período del año anterior, no acreditaron eso tampoco, no está probado en ningún lado cómo lo hicieron, y además, no era necesario realizar una estimación cuando EDESA es una empresa de servicios públicos que siempre estuvo exceptuada del aislamiento decretado por el Gobierno Nacional”.

Pedro Arancibia agregó: “Por eso nosotros estamos denunciando la nulidad de todo ese proceso, lo que estamos diciendo que todo lo que haya excedido el cargo fijo, todo lo que se le haya cobrado demás a la gente, no importa cuánto, pero se tiene que devolver entero a las personas. Si no acreditaron que hicieron lectura, tienen que devolver todo porque el procedimiento de estimación es nulo, e inclusive si después hubiesen hecho una prueba donde dicen que la lectura la hicieron después, entonces estarían pasados de vivos, porque eso significaría que la lectura se podía hacer, y entonces ahí también se va con el daño punitivo, es decir, habiendo una maniobra fraudulenta, trataron de hacer el “si pasa, pasa”, y se ampararon en una norma legal para casos de excepcionalidad”.

Respecto a la declaración de Paganetti, Pedro Arancibia comentó: “La declaración de Paganetti fue en el marco del proceso judicial, nosotros lo citamos como testigo, por eso sus declaraciones están hechas como testigo, en aquel momento era miembro del Ente Regulador, luego renunció y es muy importante lo que dice porque él estuvo 11 años en el Ente y conoce bien la normativa y sostuvo directamente que ese proceso estuvo mal. Para nosotros es un testimonio muy solvente, muy fuerte, muy contundente, no tiene ningún tipo de connotación política ni nada, está hecho por una persona que sabe y que estuvo ahí, en el momento en que inclusive él manifiesta cuando estaban reunidos en abril llega una Secretaria con una nota de EDESA, después que se había hecho la estimación como queriendo salvar las autorizaciones o los trámites obligatorios de pedir la autorización previa, y ya era tarde, ya lo habían hecho. Así que eso también es importante en el testimonio de Paganetti. Y otra cosa que parece que no se está diciendo mucho, el proceso del consumidor, lo mismo que los usuarios, y así lo dispone la ley de defensa del consumidor y el usuario, quien tiene la carga de la prueba, es decir, quien tiene que probar que no hubo una maniobra fraudulenta es la empresa. Son ellos los que tienen que demostrar que actuaron de manera correcta, y hasta ahora lo único que están haciendo es ocultarnos información y no brindar toda la información que correspondería”.

Por otro lado, el letrado indicó cuáles son los pasos que se vienen: “Previo a los alegatos, vamos a hacer un análisis de la poca información que nos dio la empresa, que está digitalizada en un DVD, donde supuestamente están los datos que pedimos, y sobre eso ver la cantidad de usuarios a los que se les hizo estimación, primero, que es el procedimiento que estamos atacando como nulo, que ya salió el Ente a decir que son 111 mil, pero vamos a ver qué nos dice la información que brinda EDESA, de ahí vamos a ver cuál es el cargo fijo cobrado en la boleta, y finalmente cuál es el cobro realizado en esa estimación de abril con el consumo de marzo. Entonces, vamos a ver cuál es la diferencia entre el cargo fijo de ese usuario uy lo que se le facturó, y esa diferencia es una resta y es la que vamos a solicitar que se le devuelva al usuario. Acá la nulidad lo que trae aparejada es que quede sin efecto todo lo que se cobró, entonces, al ser nulo el procedimiento de estimación, y por ende de facturación y cobro, como hay una presunción a favor del usuario, se debe devolver todo. Lo único que no se pedirá la devolución es el cargo fijo, porque eso está bien”.

“Nos parece totalmente lógico el reclamo, que abarca el daño punitivo, el cobro sin intereses, básicamente es la estructura lógica de nuestro reclamo. Cabe aclarar también que la empresa en un momento dijo que ellos después compensan lo que cobran demás, y no es cierto, porque no hay ningún usuario que nos venga a decir que le llegó una boleta costo cero en compensación de que se cobró demás”, finalizó.

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