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Monotributo social de AFIP por solo $700: quiénes lo pueden tramitar

A través del mismo, los beneficiarios pueden contar con una obra social y realizar aportes para la jubilación.

Monotributo social de AFIP por solo $700: quiénes lo pueden tramitar

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cuenta con una categoría tributaria que es el monotributo social que está destinado a “emprendedoras y emprendedores en situación de vulnerabilidad, que realizan una única actividad económica por cuenta propia y se encuentran fuera del mercado formal laboral o trabajando en relación de dependencia con ingresos brutos inferiores al haber previsional mínimo”. 

En este sentido, el ente recaudador aclara que se tiene que tener una única actividad económica productiva, comercial o de servicios, proyectos productivos o de servicios de entre 2 a 20 integrantes. Además, se indicó que también pueden participar cooperativas de trabajo con un mínimo de 6 asociados o asociadas. 

Este servicio de AFIP sirve para que los inscriptos puedan registrar su emprendimiento, emitir facturas, contar con una obra social con cobertura para su grupo familiar y realizar aportes para acceder a una jubilación en el futuro. Por este tributo, la persona contribuyente abonará un total de $704,44 con la credencial de pago del 1 al 20 de cada mes. 

La entidad estatal establece una serie de requisitos para las personas que deseen acceder a este monotributo social. Es preciso ser mayor de 18 años de edad, presentar DNI; ser argentino; encontrarse en condiciones de vulnerabilidad social, o en situación de desempleo; desarrollar una única actividad económica independiente; tener ingresos solo de procedentes de la actividad económica declarada; ser propietario de hasta 2 bienes inmuebles; ser propietario de hasta un máximo de 3 bienes muebles; no ser empleador ni sujeto tributario. 


Feria fiscal 


Cabe destacar que la AFIP se encuentra en feria fiscal por estos días y hasta el próximo 23 de julio. “La medida, prevista en la Resolución General N° 5026, establece la suspensión del cómputo de los plazos vigentes en determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, intimaciones y clausuras”, señaló la entidad. 

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