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Ya rige la Emergencia Turística en la Ciudad

¿Cuáles son los beneficios para este sector?

Ya rige la Emergencia Turística en la Ciudad
viernes 13 de agosto de 2021

SALTA (Redacción Voces Críticas) Mediante el decreto N°0336 publicado en el boletín oficial, la Municipalidad de Salta reglamentó la Ordenanza 15.854 la cual establece la Emergencia Turística en la Ciudad hasta el 31 de diciembre de 2021.

De esta manera, los contribuyentes del sector turístico que deseen recibir los beneficios de la Emergencia Turística, pueden solicitarlo a través del formulario que se encuentra en la página web https://saltaciudad.travel/emergencia-turistica/.

Dicha documentación deberá ser presentada de forma física en el horario de 8 a 20 en Caseros 711, o bien vía correo electrónico a la dirección [email protected]. Este correo electrónico servirá además para las consultas sobre los trámites.

¿Cuáles son los beneficios para este sector?

Cabe recordar que la ordenanza de Emergencia Turística contempla beneficios sobre la Tasa de Publicidad y Propaganda, la contribución que incide sobre la Ocupación o Utilización de Espacios del Dominio Público, el Impuesto Inmobiliario, la Tasa General de Inmuebles, el Impuesto a la Radicación de Automotores, y la prórroga a los vencimientos de las habilitaciones comerciales hasta el 31/12/2021 y aquellas cuyo vencimiento hubiera operado desde el 01/03/2020.

“Desde la Municipalidad seguimos acompañando a los sectores productivos”, sostuvo el secretario de Cultura y Turismo municipal, Fernando García Soria, en tanto subrayó: “El turismo es muy importante para nuestra ciudad, y en estos momentos es fundamental generar herramientas para colaborar con su sostenimiento para el proceso de reactivación”.

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