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Repro II con nuevas medidas y los salarios de agosto en el medio: ¿cuáles son los requisitos para poder cobrar?

El Gobierno nacional extendió la asistencia económica pero estableció nuevas disposiciones normativas.

Repro II con nuevas medidas y los salarios de agosto en el medio: ¿cuáles son los requisitos para poder cobrar?

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) El Gobierno confirmó la extensión del Repro II para asistir las empresas con los pagos de agosto 2021. La confirmación llegó de la mano del Ministerio de Trabajo de la Nación. Sin embargo, se anunciaron algunos cambios en las condiciones para el subsidio que se brinda a las compañías para que puedan afrontar el pago de los salarios de sus trabajadores. 

La extensión de esta asistencia económica quedó oficializada a través de la Resolución 486/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial. De acuerdo a lo establecido en la norma, los trabajadores deberán cumplir con el conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales para el criterio de selección que hasta ahora se comparaban interanualmente y pasan a hacerse contra 2019. 

En este sentido, el Repro II establece como indicadores a la variación porcentual de la facturación, del IVA compras, del consumo de energía eléctrica y gasífera, de la relación entre el costo laboral total y la facturación, y de las importaciones, endeudamiento y la liquidez corriente. 

Por otro lado, este programa estatal exceptúa a los sectores críticos, para el mes correspondiente a los salarios devengados en agosto, de la presentación del balance requerido. Asimismo, se establece que para acceder al beneficio de $22.000, la trabajadora o el trabajador independiente deberá presentar una reducción de la facturación al 20% en términos reales, para el periodo entre julio de 2019 y julio de 2021.


Actualización de datos


Cabe destacar que para acceder al Repro II los empleadores deberán cumplir ciertos requerimientos. “Todo empleador y empleadora deberá tener actualizados los datos de sus trabajadores en el portal Simplificación Registral de AFIP, en especial las claves bancarias uniformes (CBU) de las cuentas donde les será otorgado el beneficio. La falta de información o error en los datos de los trabajadores, ocasionará la cancelación del pago a los mismos”, se indica en la página del Gobierno.

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