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Asistencia económica

Se activó el beneficio de ANSES para los beneficiarios para que reciban hasta $2.400 adicionales ¿qué hay que hacer?

Una más de las múltiples asistencias económicas del Gobierno.

Se activó el beneficio de ANSES para los beneficiarios para que reciban hasta $2.400 adicionales ¿qué hay que hacer?
martes 14 de septiembre de 2021

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) brinda numerosos beneficios para los distintos beneficiarios de las prestaciones sociales. Uno de estas bonificaciones que continúan vigente es la que hace la entidad en conjunto con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). 

Se trata de un beneficio que el organismo previsional brinda a los beneficiarios y por medio del cual se les reintegra el dinero en las compras con tarjeta de débito. De este modo, hay ciertos detalles que las personas beneficiarias deben tener en cuenta acerca de este beneficio que, según lo adelantó el Gobierno nacional, estará vigente hasta fin de año. 

En primer lugar, la ANSES establece un tope de hasta $2.400 para el reintegro de dinero por parte de la AFIP. El monto a reintegrar es del 15% con el tope de reintegro antes mencionado. El monto por beneficiario es de $1.200, pero en el caso de las personas que reciben dos o más asignaciones, el reintegro se duplicará. 

De acuerdo a lo establecido por la entidad estatal, el reintegro se efectuará en la cuenta bancaria del titular del beneficio, según el horario de compra. Para las compras hasta las 17 horas, la acreditación se realizará dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación; mientras que si las compras se hacen luego de las 17, el reintegro será dentro de las próximas 48 horas hábiles. 

 

Requisitos

 

Cabe destacar que para acceder a este beneficio de la ANSES hay que cumplir ciertos requerimientos claves. ser titular de alguna de las prestaciones a la que alcanza la iniciativa; tener una tarjeta de débito asociada a la cuenta bancaria de jubilado, pensionado o titular de asignaciones; el comercio debe estar inscripto en AFIP. 

 

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