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Violación y corrupción de menores: sobreseyeron al exsacerdote Lamas y ahora recurren a la Corte Suprema de la Nación

Así lo informaron desde el Ministerio Público Fiscal

Violación y corrupción de menores: sobreseyeron al exsacerdote Lamas y ahora recurren a la Corte Suprema de la Nación

SALTA (Redacción Voces Críticas) El pasado lunes 20 de septiembre, toda la comunidad se asombraba y a la vez se veía indignada al conocer el fallo de la Corte Suprema de Salta que dictaminó el sobreseimiento del exsacerdote Emilio Raimundo Lamas por delitos de abuso sexual agravado por la guardia y corrupción de menores.

La polémica decisión de sobreseer al exsacerdote Lamas, contó con la mayoría de votos positivos de los miembros del máximo Tribunal de Justicia de Salta, Guillermo Alberto Catalano, Sandra Bonari, María Alejandra Gauffin, Teresa Ovejero Cornejo y Sergio Fabián Vittar, dándo lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa del hombre religioso.

Por el contrario, el voto de la minoría, conformada por la jueza de Corte, Adriana Rodríguez Faraldo y sus pares Ernesto R. Samsón, Horacio José Aguilar y Pablo López Viñals, sostuvo que correspondía rechazar este recurso en cuestión.

¿Interviene la Corte Suprema de la Nación?

Es frente a este fallo que desde el Ministerio Público Fiscal que decidieron interponer un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el fin de dejar sin efecto el pronunciamiento de la Corte de Justicia de Salta a través del cual sentenciaron con firmeza el sobreseimiento de Emilio Lamas.

Aberrantes casos

Vale recordar que el religioso había sido imputado por la fiscalía el pasado 17 de octubre de 2018 por los delitos de violación contra dos menores. En ese sentido, a Lamas lo acusaron de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por sacerdote y por la guarda, y abuso sexual simple agravado por ser cometido por sacerdote –tres hechos–, en perjuicio de J.C.G.

Además por el delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la guarda, en perjuicio de C.F.M.

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