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Se aprobó la Ley de Etiquetado Frontal: estos son los 10 puntos principales

¿Qué cambiará de ahora en más en los alimentos?

Se aprobó la Ley de Etiquetado Frontal: estos son los 10 puntos principales
miércoles 27 de octubre de 2021

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) A última hora de este martes, Diputados, aprobó la la Ley de Etiquetado Frontal. El proyecto, obtuvo 200 votos afirmativos, 22 negativos y 16 abstenciones. El concepto central es promover y concientizar sobre la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.

En ese sentido, en la nueva ley hay puntos centrales que modificarán el empaquetado de los alimentos de consumo masivo en nuestro país. Los principales puntos son: 

- Advierte a los consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz. 

- Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles. 

- El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas. El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase. No podrá estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento. 

- Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud. 

- Los alimentos y bebidas analcohólicas envasadas y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como "exceso en azúcares", "exceso en sodio", "exceso en grasas saturadas", "exceso en grasas totales" y/o "exceso en calorías". 

- En caso de contener edulcorantes y/o cafeína, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: "contiene edulcorantes/cafeína, no recomendable en niños/as". 

- Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles. 

- Se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes. 

- Se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales o cualquier otro elemento, como así también la participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales. 

- Se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito de este tipo de alimentos y bebidas. 

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