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ABUSO SEXUAL

Novedades en el caso Teruel: apelan la condena

Se da luego que se conocieran los fundamentos de la sentencia

Novedades en el caso Teruel: apelan la condena

SALTA (Redacción Voces Críticas) El pasado 18 de octubre, Marco Lautaro Teruel fue condenado a la pena de 12 años de prisión efectiva, en tanto Silvio Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán fueron absueltos por el beneficio de la duda. En esta jornada, luego de que se conocieran los fundamentos de la sentencia dictada, el fiscal Penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, interpuso un recurso de casación ante la Sala III del Tribunal de Juicio.

Según informaron fuentes judiciales, en el recurso de casación interpuesto ante la jueza de la Sala III del Tribunal de Juicio, Federico Obeid solicitó que:

-          “Se condene a Marcos Lautaro Teruel, en calidad de autor, del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima (4 hechos), en concurso ideal con corrupción de menores doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño, en perjuicio de I.J.A., en concurso real (art. 55), con el delito de abuso Sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas en calidad de autor, y se lo condene a la pena de 17 años de prisión”.

-          “Se modifique la calificación a acceso carnal respecto a la menor I.J.A”.

-          “Se dé por comprobado el grave daño a la salud respecto de la menor I.J.A”.

-          “Se revoque la absolución dispuesta a favor de Rodríguez y Farfán, por el beneficio de la duda y se los condene, en calidad de co-autores, de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas, aplicándoles la pena de 8 años de prisión”.

Argumentos

En su recurso, el Fiscal argumentó que “la pena de 12 años por aquél aplicada, resulta desproporcionada con el grado de injusto y con la culpabilidad de Lautaro Teruel”, y subrayó que “la escala penal por la cual correspondería condenar al hijo del músico contempla un mínimo de diez años y un máximo de 50 años, por lo que los 17 años solicitados por la Fiscalía resultan ajustados a derecho”.

Asimismo aclaró que tampoco comparte que, a la hora de evaluar la pena, “el Tribunal considerara como atenuante el hecho de que Teruel “evidenciara arrepentimiento solicitando perdón a las víctimas y sus familiares, en vista a que -conforme quedó demostrado durante la investigación y el debate-, el supuesto arrepentimiento exteriorizado, no fue tal sino que su principal interés radicaba en evitar que la víctima lo denunciara”.

“Es una responsabilidad ineludible la del Poder Judicial, como poder del Estado en un sistema republicano como el nuestro, la de propiciar y adoptar una interpretación expansiva de los derechos humanos, que garantice debidamente los derechos de las mujeres, en especial a la vida, libertad, seguridad personal y, por sobre todo, la inclusión de aquéllas que son abusadas física o psíquicamente, por aquellos respecto de los cuales se encuentran en una posición de dominación-sometimiento”, manifestó el Fiscal.

“Sólo un análisis que incorpore transversalmente la perspectiva de género permite desbrozar las múltiples circunstancias que han intervenido para que una mujer se encuentre en la situación de sometimiento brutal que implica la violencia de género, en este caso sexual”, sentenció Obeid en el escrito.

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