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El Gobierno estableció nuevos requisitos para abonar el salario complementario: cuáles son

El Ministerio de Trabajo oficializó a través de la Resolución 698, los nuevos parámetros que se deberán cumplir para acceder al Repro II.

El Gobierno estableció nuevos requisitos para abonar el salario complementario: cuáles son
jueves 11 de noviembre de 2021

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) El salario complementario que otorga el Gobierno nacional a través del Repro II tiene nuevos requisitos. Sucede que el pasado martes, el Ministerio de Trabajo definió, por medio de la Resolución 698/2021 publicada en el Boletín Oficial, los nuevos requerimientos de preselección y selección para el Programa de Recuperación Productiva II, destino a los salarios devengados en octubre.

En cuanto a los criterios de preselección de este incentivo económico, el Comité de Evaluación y Monitoreo estableció que, para los sectores críticos y no críticos se tomará la facturación registrada en septiembre de 2019 y el mismo mes de este año. La diferencia debe dar como mínimo una caída del 20% en términos reales y un aumento máximo de 66,6% en términos nominales, frente al 70,4% en agosto.

Por su parte, para el salario complementario en el sector de la salud, se utilizará el mismo período de comparación, aunque la diferencia de facturación debe dar como máximo un aumento de 108,3% en términos nominales, que en agosto fue de 113%. Por otra parte, la cantidad de indicadores incluidos en la fase de selección pasan de siete a seis, ya que se elimina la variación porcentual de la facturación, pero se mantiene en cuatro el número que se deben cumplir para acceder al beneficio.

Entre otras cosas, el Comité decidió realizar otra modificación respecto al sueldo suplementario. La misma consiste en que las empresas que no declaran consumo energético alguno, tanto en septiembre de 2019 como en el mismo mes durante el 2021, son excluidas del Repro II. Esto se debe a que no consideran factible que una empresa que desarrolla una actividad económica dedicada a la producción de bienes y/o servicios, no requiera energía eléctrica o gasífera en ninguno de los periodos de referencia.

 

Montos a percibir

 

Finalmente, es necesario aclarar que los montos a percibir por medio de este salario complementario varían según un factor clave, se trata del sector en el que está la empresa en cuestión desarrollando sus actividades pertinentes. Así, para sectores afectados no críticos se pagará hasta $9000; para sectores críticos hasta $22.000; mientras que para el sector salud hasta $ 22.000. 

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