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Alivio fiscal: las nuevas bonificaciones que puso en marcha la AFIP

Los detalles sobre las nuevas medidas implementadas por la entidad.

Alivio fiscal: las nuevas bonificaciones que puso en marcha la AFIP
viernes 19 de noviembre de 2021

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha los beneficios y herramientas de la ley de alivio fiscal que incluye la condonación de deudas inferiores a 100 mil pesos para pequeños contribuyentes y las micro y pequeñas empresas y la ampliación de la moratoria hasta deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2021. 

La bonificación del ente recaudador responde al plan de alivio fiscal y se incorporan también beneficios para contribuyentes que hayan cumplido con sus obligaciones y se suspenden las ejecuciones fiscales y las medidas cautelares hasta fin de año para micro y pequeñas empresas y para quienes desempeñen actividades críticas. 

Las medidas que la AFIP pone en marcha por sector son las siguientes: Moratoria, para monotributistas, PyMEs, entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, entre otras, se verán beneficiadas por moratoria fiscal y condonación de deudas.  Podrán pagar las obligaciones impagas hasta el 31 de agosto de 2021, incluidos los planes de pago vigentes y deudas de planes que hayan caducado antes de fin de agosto. 

Además, la entidad estatal permitirá la condonación de deudas. En ese caso, se Incluyen deudas tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.  Se trata de un alivio fiscal a entidades como bomberos voluntarios, clubes de barrios, fundaciones, organizaciones comunitarias, y a pymes y monotributistas por hasta 100.000 pesos. 



Contribuyentes cumplidores 

 

Finalmente, la AFIP confirmó que este beneficio alcanza a los monotributistas y se aplica la eximición del componente impositivo a partir de abril de 2021. Para el resto de personas humanas: deducción, por un período fiscal, de las ganancias netas de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible

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