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A TENER CUIDADO

Atención: debes sacar estos comestibles de tu alacena por decisión de ANMAT

Fueron prohibidos por irregularidades

ANMAT.

ARGENTINA (REDACCIÓN VOCES CRÍTICAS) En las últimas horas, se conoció una nueva medida tomara por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Tal decisión fue la de prohibir un total de dos comestibles que podríamos haber comprado con anterioridad, por lo que sería interesante prestar atención a esta nota.

Publicado en el boletín oficial de este viernes, la ANMAT prohibió la comercialización de dos aceites de oliva y uno de girasol por distintas irregularidades, tanto en todo el territorio nacional como en plataformas de venta electrónica. El producto en cuestión es “Aceite de oliva extra virgen”, marca “Chacras del Olivo”, originario de La Rioja, con número de establecimiento 22628339, RNE 4379-161134-33 y RNPA 4552-2951-34, por carecer de registros sanitarios, resultando ser falsamente rotulado y en consecuencia ilegal.

Además, prohíbe la comercialización de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el RNE N° 4379-161134-33 y el RNPA N° 4552-2951-34, por ser también falsamente rotulados que utilizan un RNE y un RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales. La medida tiene que ser de cumplimiento inmediato.

Según se supo, esta determinación surge de un reclamo de la Federación Olivícola Argentina (FOA), en relación al producto el cual se encontraría adulterado por tratarse de una mezcla con aceite de soja y no cumpliría con la normativa alimentaria vigente. Esto fue más que suficiente para que ANMAT quisiera sacarlos del mercado.

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