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Este fallo obliga a obras sociales y prepagas a cubrir tratamientos contra la obesidad

Las personas con este trastorno no estaban contempladas

obesidad

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) En las últimas horas se conoció una resolución que obliga a las obras sociales y las prepagas a cubrir tratamientos específicos contra la obesidad y contra los trastornos alimentarios en general. La medida fue informada por el Ministerio de Salud de la Nación.

Según se supo, significa que se incluyen estas nuevas prácticas a raíz del avance de las técnicas quirúrgicas que a partir de hoy estarán en el Programa Médico Obligatorio (PMO). Cabe destacar que personas con estos trastornos no estaban incluidas en la norma vigente desde el 2008.

Así lo comunicó la ministra de Salud, Carla Vizzotti quien aprobó por resolución la actualización y ampliación del conjunto de prestaciones básicas esenciales para la cobertura del abordaje de personas con obesidad. Lo hizo durante un encuentro con referentes de sociedades científìcas, de hospitales públicos y pacientes.

Acto seguido indicó que estos tratamientos no se tratan de algo estético, sino de mejorar la salud de las personas. La actualización de las prestaciones básicas esenciales para las personas con obesidad se da en el marco de la Ley 26.396, que declara de interés nacional la prevención y control de este tipo de trastornos alimentarios.

Este fallo también extiende la cobertura al período post-operatorio. Por lo tanto, las nuevas prestaciones deben ser brindadas por todas las obras sociales y asociaciones de obras sociales y las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepaga.

En este sentido, se supo que fueron incorporadas al PMO en base a la evidencia científica existente y con el consenso de la Asociación Argentina de Cirugía (AAC) y la Sociedad Argentina de Cirugía de la Obesidad (SACO).

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