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Jubilados ANSES, se confirmó el segundo bono para el mes de marzo: éstos son los beneficiados

Modificaciones en el extra adicional como consecuencia de la suba del 17% para el próximo trimestre

Jubilados ANSES, se confirmó el segundo bono para el mes de marzo: éstos son los beneficiados

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) 

En el mes de marzo, ANSES pondrá en marcha el calendario de cobro del segundo bono extraordinario para jubilados con haberes mínimos del régimen del 82% móvil.

La suma fue definida entre el resultado diferencial dado por el piso de ingresos de los pasivos previsionales frente al valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), de esta manera el monto proyectado en noviembre de $6.849, se disminuirá a $1.672.

¿Por qué bajó el monto del bono para jubilados ANSES?

El monto a liquidar en el mes de marzo en concepto de suma extraordinaria o bono para jubilados con haberes mínimos del régimen del 82% móvil está estipulado en el artículo 125 bis incorporado a la Ley 24.241 del Sistema Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

La normativa destaca que su valor surge del diferencial dado entre el haber mínimo de los haberes de la tercera edad y el 82 porcentual del Salario Mínimo Vital y Móvil.

El texto señala: “El Estado nacional garantiza a los beneficiarios de la Prestación Básica Universal (PBU) que acrediten treinta años o más de servicios con aportes efectivos, el pago de un suplemento dinerario hasta alcanzar un haber previsional equivalente al 82% del valor del SMVM”.

Previo al anunciar del aumento del 17% para las jubilaciones, pensiones y Asignaciones Familiares del Sistema Único de Asignaciones Familiares ANSES, esta cifra se mantenía en $6.849, sin embargo, por la actualización resultante, en el mes de marzo el monto se reducirá a $1.672.

Salario mínimo de marzo: $56.973,6
Jubilación mínima de marzo: $58.646
Valor del bono final a cobrar: $1.672

Bono para jubilados ANSES: ¿Cuándo se paga el extra de marzo?


Los jubilados ANSES del régimen del 82% móvil y cuyos ingresos correspondan al piso, cobrarán el bono adicional establecido en el artículo 125 bis incorporado a la Ley 24.241 a partir del miércoles 8 de marzo de acuerdo a la terminación de su DNI.

- DNI terminado en 0: 8 de marzo
- DNI terminado en 1: 9 de marzo
- DNI terminado en 2: 10 de marzo
- DNI terminado en 3: 13 de marzo
- DNI terminado en 4: 14 de marzo
- DNI terminado en 5: 15 de marzo
- DNI terminado en 6: 16 de marzo
- DNI terminado en 7: 17 de marzo
- DNI terminado en 8: 20 de marzo
- DNI terminado en 9: 21 de marzo

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