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Fondo de Desempleo ANSES: conocé los requisitos para cobrar $32.000 mensuales y las fechas de pago

El organismo previsional inicia esta semana con el pago de los haberes mensuales a personas desempleadas

Fondo de Desempleo ANSES: conocé los requisitos para cobrar $32.000 mensuales y las fechas de pago

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) Este miércoles 22 de marzo la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) da inicio al calendario de pagos para titulares del Fondo de Desempleo, quienes pueden percibir entre $19.000 y $32.000 según la situación de cada titular y/o solicitante.

Fondo de Desempleo

El organismo previsional cuenta con un Fondo de Desempleo destinado a quienes hayan sido despedidos de sus trabajos registrados o se hayan visto obligados a dejar su puesto de trabajo por un quiebre en la empresa.

En ambos casos, las personas afectadas tienen un lapso de 90 días hábiles para iniciar el trámite desde el momento en el que se produjo la ruptura laboral.

Para empezar a gestionar el Fondo de Desempleo es necesario presentar la siguiente documentación:

- Telegrama de Despido.
- Carta documento o nota del empleador con firma certificada.
- DNI.

Inscripción

- Ingresar a “Mi ANSES” con número de CUIL y Clave de la Seguridad Social.
- Solicitar un turno en ANSES.
- Asistir el día del turno a la oficina asignada y presentar la documentación mencionada con anterioridad.

Montos

Los montos entregados por el Fondo de Desempleo varían de acuerdo a la situación de cada solicitante, debido a que los mismos son calculados de acuerdo a los ingresos y a los meses con aportes registrados en los últimos tres años.

En ese sentido, se estima que lo valores son los siguientes:

- Monto mínimo: $19.305
- Monto máximo: $32.175

Los siguientes grupos NO pueden percibir el Fondo de Desempleo

Personas que no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
- Personas que perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Beneficiarios del Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo u otra prestación no contributiva (excepto Pensión Vitalicia – excombatientes del Atlántico Sur, Ley N° 23.848)
- Quienes estén contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Quienes perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Personas que hayan renunciado, cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o se hayan retirado voluntariamente.
- Personal del Servicio Doméstico.
- Personal de Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
- Personal de Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N° 13.047).
- Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N° 24.521.

Calendario de pagos: marzo

- DNI terminados en 0 y 1: 22 de marzo
- DNI terminados en 2 y 3: 23 de marzo
- DNI terminados en 4 y 5: 27 de marzo
- DNI terminados en 6 y 7: 28 de marzo
- DNI terminados en 8 y 9: 29 de marzo.

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