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ANSES: si el titular de una pensión fallece y cumplís con estos requisitos podés empezar a cobrarla

¿Pueden los familiares solicitar el cobro de los haberes?

ANSES: si el titular de una pensión fallece y cumplís con estos requisitos podés empezar a cobrarla
miércoles 17 de mayo de 2023

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) Las Pensiones No Contributivas de ANSES poseen diferentes categorías, como por ejemplo la asistencia a madres de siete hijos o más, prestaciones destinadas a adultos mayores que no pudieron jubilarse, pensiones para veteranos de Guerra de Malvinas y beneficios para ganadores olímpicos/paralímpicos, entre otras.

En ese sentido, si bien la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) permite que, ante el fallecimiento del titular, un familiar pueda cobrar la Pensión No Contributiva, existen requisitos para cada caso en particular.

Quienes pueden solicitar la Pensión No Contributiva para Madres de 7 hijos o más, en caso de que fallezca la titular de la misma, son:

- El cónyuge que no esté divorciado o separado legalmente al momento del fallecimiento de la titular.

Es importante aclarar que quienes perciban jubilaciones, pensiones, AUH, AUE o PUAM no podrán percibir este beneficio.

En el caso de que fallezca el titular de una Pensión No Contributiva por Vejez, pueden solicitar el cobro:

- El cónyuge no divorciado ni separado, o el concubino cuya convivencia haya sido declarada en los cinco años previos al fallecimiento.

En ambos casos el solicitante debe tener 70 años o más y encontrarse incapacitado para trabajar.

Si fallece el titular de una Pensión Honorífica de Veterano de Guerra de Malvinas, pueden solicitar el cobro:

- El cónyuge no separado ni divorciado, o el concubino que pueda comprobar la convivencia.
- Hijos que al momento del fallecimiento del titular sean menores de edad. Se les brindará la pensión hasta que cumplan los 18 años.
- En ausencia de los dos anteriores, podrán cobrarla los padres del titular que estén incapacitados para trabajar y hayan estado a cargo del beneficiario hasta su fallecimiento.

Por último, en caso de que fallezca el titular de una Pensión No Contributiva para ganadores de títulos olímpicos o paralímpicos, pueden cobrar:

- Viudos o concubinos que no cuenten con ingresos superiores a cinco jubilaciones mínimas.

Es importante aclarar que quienes perciban jubilaciones, pensiones, AUH, AUE o PUAM no podrán percibir este beneficio en ninguno de los casos mencionados anteriormente.

El trámite para solicitar el cobro de la Pensión No Contributiva por fallecimiento se lleva a cabo de forma presencial, aunque no es necesario solicitar un turno previamente.

Antes de presentarse en la oficina es necesario verificar que los datos personales y los del grupo familiar estén actualizados en Mi ANSES y recolectar la siguiente documentación:

- Partida de defunción del titular.
- Documentos que acrediten el vínculo con el titular fallecido.
- Certificado de discapacidad en caso de ser necesario.
- Original y fotocopia del DNI del solicitante.
- Formulario PS 6.18 “Solicitud de prestaciones previsionales”, donde se marque la prestación solicitada.

Para completar este proceso será necesario adjuntar el Formulario PS 6.284 DD.JJ. “Declaración Jurada sobre la Percepción de Prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o Seguridad”.

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