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Atención afiliados: quiénes y cómo pueden solicitar al PAMI la órden de prestación por urgencia

Esta órden habilita las consultas con un prestador alternativo

Atención afiliados: quiénes y cómo pueden solicitar al PAMI la órden de prestación por urgencia

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La obra social PAMI ofrece a sus afiliados la chance de solicitar una órden de prestación por urgencia para los casos en que requieran atenderse con un prestador alternativo.

Esta órden de prestación por emergencia debe ser solicitada cuando el afiliado, por una urgencia médica, es atendida por otro prestador de servicios y no puede ser trasladada al prestador de cartilla que se le haya asignado.

El trámite de la órden de prestación por urgencia puede ser realizado tanto por el afiliado como por un familiar cercano o apoderado, mediante la página web oficial de la obra social PAMI.

De acuerdo a la información brindada por el Programa de Atención Médica Integral (PAMI), para solicitar la órden de prestación por urgencia el afiliado, familiar o apoderado debe presentar la siguiente documentación:

- DNI.
- Credencial de afiliación.
- Historia clínica.
- Formulario de admisión.

Mientras que, para iniciar el trámite de solicitud de esta órden de prestación por urgencia, el afiliado a la obra social estatal o una persona de su confianza debe seguir esta serie de pasos:

- Ingresar al sitio web de PAMI.
- Seleccionar la opción “Iniciar este trámite web”.
- Completar los datos.
- Hacer click en el botón “enviar formulario”.

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