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JUBILADOS Y PENSIONADOS

Atención: la fe de vida no se eliminó por completo, quiénes deben continuar con el trámite

ANSES informó que un grupo de beneficiarios debe continuar con la gestión que permite acreditar la supervivencia

Atención: la fe de vida no se eliminó por completo, quiénes deben continuar con el trámite

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) Durante el mes de julio el Congreso de la Nación sancionó la Ley 27.721, donde se establece la eliminación del trámite de fe de vida que debían realizar los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para percibir sus haberes mensuales.

Pese a que el pasado martes entró en vigencia esta ley que exime a los jubilados y pensionados de la obligación de realizar el trámite de fe de vida, ANSES comunicó que un grupo de beneficiarios debe continuar con esta gestión.

A partir de ahora, los únicos jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que deberán realizar el trámite de fe de vida para acreditar la supervivencia son aquellos que residen en el exterior.

Sin embargo, es necesario aclarar que esta gestión no es obligatoria debido a que cada entidad bancaria cuenta con la posibilidad de elegir si solicita la ratificación del medio de cobro informando al organismo previsional.

Cabe señalar que tras la eliminación de la fe de vida, 7,2 millones de jubilados y pensionados quedaron eximidos de la obligación de realizar este trámite de forma periódica para poder cobrar.

Por otro lado, de acuerdo a la información brindada por ANSES, en agosto el calendario de pagos para jubilados y pensionados de la mínimo iniciará el 8 de agosto y se extenderá hasta el día 22, mientras que, quienes perciben más de un haber mínimo empezarán a cobrar el 23.

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