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Cambios profundos

Entró en vigencia el DNU de Javier Milei en un contexto de reclamos sin fallos judiciales en contra

Se han presentado distintos amparos que buscan declarar inconstitucional el anuncio presidencial

Entró en vigencia el DNU de Javier Milei en un contexto de reclamos sin fallos judiciales en contra
viernes 29 de diciembre de 2023

Argentina (Redacción Voces Críticas) Este 29 de diciembre se ha puesto en marcha el DNU de Javier Milei, centrado en la desregulación económica, el cual comenzó a regir a partir de las 00 horas de este viernes.

A pesar de los numerosos amparos presentados por diversas entidades, incluyendo organizaciones sociales, sindicatos, abogados constitucionalistas y ciudadanos, contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 de Javier Milei, la Justicia aún no ha emitido un fallo favorable que suspenda las medidas.

El 20 de diciembre, Javier Milei y su gabinete presentaron en una transmisión nacional el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. Posteriormente, en la madrugada del jueves 21, el decreto fue publicado en el Boletín Oficial. Conforme a la normativa que establece un período de 8 días tras su publicación, su entrada en vigencia estaba programada para este viernes 29.

En sus 83 páginas, el DNU de Javier Milei aborda la abolición de leyes como las de Alquileres, Tierras y Abastecimiento. Asimismo, contempla la flexibilización del mercado laboral y sienta las bases para la privatización de empresas públicas, detallando estas reformas a lo largo de 366 artículos.

La evaluación del DNU, a pesar de la oposición de la CGT, movimientos sociales y una porción de la sociedad civil que ha expresado su desacuerdo mediante cacerolazos, recae en la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso. Integrada por ocho diputados y ocho senadores, este organismo emitirá un dictamen respecto al fondo y la forma del decreto, el cual será posteriormente sometido al análisis de ambas cámaras.

Hasta el mediodía del jueves, se habían registrado al menos 25 amparos en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal de Buenos Aires. Además, la CGT y la CTA presentaron otros dos amparos ante la justicia del Trabajo.

En el contexto del conflicto en torno al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, el juez Esteban Furnari rechazó la solicitud de suspensión presentada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad, indicando que las disposiciones del DNU aún no habían entrado en vigencia. Simultáneamente, la CGT apeló la decisión de Ignacio Ramonet, quien había desestimado una medida cautelar relacionada con el capítulo IV del mismo Decreto, argumentando también que el DNU no estaba en efecto.

En el fuero Contencioso Administrativo Federal, el abogado Andrés Gil Domínguez pidió la suspensión del DNU, señalando que el Gobierno incluyó una cláusula de ratificación al presentar un proyecto de Ley para sesiones extraordinarias. Además, otras dos demandas fueron ingresadas por el CELS y la Confederación Argentina de Deportes, sorteándose en diferentes juzgados. En un caso adicional, Betina Stein recurrió a un juzgado solicitando la revocación del rechazo a la medida cautelar de suspensión.

La decisión sobre el destino del DNU recae en las cámaras legislativas, pudiendo ser aceptado o rechazado por mayoría absoluta y sin posibilidad de introducir modificaciones ni agregados. En situaciones donde ninguna cámara lo considere, el decreto permanecerá en vigor. Si una cámara lo acepta y la otra lo rechaza, mantendrá su vigencia, solo anulándose si es rechazado tanto en Diputados como en el Senado. Además, la Corte Suprema de Justicia tiene la facultad de desestimarlo. Informa Voces Criticas.

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