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jueves 4dejuniode 2026

ARCA

Cambios en el IVA para supermercados: quiénes quedarán exentos del nuevo régimen desde julio

A partir del 1° de julio rige una modificación clave en el régimen de percepción del IVA que impactará directamente en supermercados, minimercados y comercios de alimentos
Por Redacción Voces Críticas
miércoles 11 de junio de 2025

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la Resolución General 5710/2025, estableció una modificación sustancial al régimen de percepción del IVA que comenzará a regir a partir del 1° de julio. La medida impacta en supermercados, minimercados, hipermercados y autoservicios, eliminando el cobro del impuesto adicional en compras menores a 10 millones de pesos realizadas por consumidores finales.

El objetivo del Gobierno es facilitar la operatoria comercial, reducir los conflictos en puntos de venta y simplificar los criterios para aplicar el impuesto. Esta nueva disposición introduce un parámetro objetivo: si la compra es inferior al umbral de 10 millones de pesos, no se aplicará la percepción del IVA, sin necesidad de verificar la condición tributaria del comprador.

¿A quiénes afecta esta medida?

La resolución abarca a cuatro rubros clave:

  • Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos
  • Venta al por menor en hipermercados
  • Venta al por menor en supermercados
  • Venta al por menor en minimercados o autoservicios que comercializan alimentos

En todos estos casos, si el cliente es un consumidor final y el monto total de la operación es inferior a $10 millones, el régimen de percepción de IVA no se aplicará. Esto implica que ya no será necesario que los comercios presuman el uso que dará el cliente a los productos adquiridos, ni aplicar recargos preventivos.

¿Qué cambia para los consumidores y comerciantes?

Hasta ahora, los supermercados estaban obligados a aplicar un recargo del 10,5% o 5,25% en concepto de IVA si consideraban que el comprador no era un consumidor final. Esto generaba situaciones incómodas con pequeños comerciantes o personas que compraban en grandes cantidades, ya que no siempre se podía probar su condición tributaria.

Con la nueva reglamentación, toda compra inferior a 10 millones de pesos se asume automáticamente como consumo final, eliminando la percepción y simplificando la administración.

Esta medida beneficia especialmente a pequeños comerciantes y compradores informales, que solían enfrentarse a discusiones en la caja o veían afectada su rentabilidad por el recargo. Ahora, el criterio será puramente cuantitativo: el monto de la operación.

¿Qué pasa con las compras mayores a $10 millones?

Aquellos que superen el umbral o no puedan acreditar su condición de consumidor final seguirán alcanzados por el régimen de percepción. Lo mismo ocurrirá si el comercio no está inscripto en alguna de las actividades comerciales contempladas en la resolución.

¿Qué impacto tiene sobre el sistema fiscal?

La simplificación del régimen también se alinea con la reciente actualización de comprobantes fiscales, que establece que solo a partir de los $10 millones se debe identificar al comprador como consumidor final.

Además, la medida apunta a reducir la evasión y la fragmentación artificial de tickets, y forma parte de los intentos del Ejecutivo de habilitar cierto nivel de circulación informal —como los conocidos “dólares del colchón”— en el marco del consumo masivo. Informa Voces Críticas.