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Mañana inicia una Feria Judicial Extraordinaria en Salta

Así lo dispuso la Corte de Justicia de Salta

Poder Judicial. Fuente: Twitter

SALTA (Redacción Voces Críticas) En el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus, la Corte de Justicia de Salta dispuso establecer una Feria Judicial Extraordinaria con suspensión de plazos para el Distrito Judicial Centro a partir del 28 de agosto y hasta el 11 de septiembre.

De esta manera, durante dicho período, el horario de trabajo en el Distrito Judicial del Centro será matutino, es decir de 9 a 13 horas, y vespertino, de 14 a 18 horas. En el caso del horario vespertino trabajaran, tal como lo venían haciendo, los tribunales colegiados.

Asimismo, desde el 28 de agosto hasta las 12 del 1° de septiembre, se podrá requerir electrónicamente la habilitación a feria de aquellos expedientes cuyas materias se encuentren previstas en el artículo 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

No obstante, la Acordada 13175 “establece que los jueces en feria podrán tramitar asuntos peticionados por mandatarios o letrados patrocinantes, cuando consideren que las circunstancias del caso o las constancias justifiquen su tramitación, con arreglo a los principios de acceso a la jurisdicción y tutela judicial efectiva”.

En dicha etapa, únicamente podrán concurrir presencialmente a Ciudad Judicial los tribunales y juzgados de turno, y aquellos autorizados expresamente por la Corte de Justicia. En el caso de los jueces, funcionarios y empleados, seguirán trabajando en forma remota, para lo cual se estableció que permanezcan en sus domicilios con disponibilidad para atender teléfonos ante cualquier emergencia.

Por otro lado, la Corte de Justicia exhortó a los jueces de todas las instancias y fueros no incluidos en la Feria Judicial Extraordinaria a programar sus tareas, con el propósito de que se dicten, en la medida de lo posible, “resoluciones interlocutorias o sentencias definitivas que se encuentren pendientes”.

Además advirtió que “con las medidas de higiene adecuadas, podrán ingresar a sus respectivos tribunales a fin de acceder a las constancias del expediente que no se encuentren en formato digital y sean imprescindibles, para lo cual se establecerá en forma posterior el cronograma para la protocolización de las sentencias definitivas o interlocutorias dictadas en esta etapa”.

Las presentaciones continuarán haciéndose mediante las mesas de entradas virtuales. Los tribunales y juzgados podrán recibir escritos en formato papel en casos expresamente establecidos en la Acordada: 1) la presentación deba efectuarla quien no tenga carácter de parte, letrado o auxiliar de justicia, siempre que no hayan tomado alguna intervención que los habilite a llevar adelante presentaciones electrónicas. 2) Cuando la legislación vigente permita a la parte presentar escrito sin letrado. 3) Cuando la recepción del escrito papel implique la única manera de evitar la pérdida de algún derecho.

Es importante aclarar que el ingreso de letrados y auxiliares de justicia a los edificios del Poder Judicial estará restringido sólo para los casos en que resulte indispensable y urgente, recomendándose “que su permanencia sea únicamente para llevar a cabo esos actos". En cuando al público en general, podrá ingresar exhibiendo la notificación correspondiente.

La Acordada recuerda que “en los Distritos Judiciales Orán y Tartagal se presta un servicio excepcional en la emergencia por razones sanitarias (Acordada 13169), vigente desde el pasado 10 de agosto".

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