CONTAMINACIÓN DEL ARENALES
Pedro Arancibia: 'Se determinaron la responsabilidad del Estado y que las obras están inconclusas”
El Dr. Pedro Arancibia, abogado de los vecinos amparistas en el caso abierto por la contaminación del río Arenales, principal desagüe hídrico de la capital salteña, dialogó con VocesCríticas.com
Voces Críticas: La Corte de Justicia dejó firme la sentencia contra la Provincia, la empresa Marozzi, Aguas del Norte y la Municipalidad de la ciudad de Salta por el saneamiento del río Arenales. ¿Cómo se llegó a dicha sentencia?
Pedro Arancibia: Hace bastante tiempo se viene trabajando en este hecho, dando lugar al amparo ambiental. Ocurrió en enero del 2011, es por ello que meses después se interpuso un amparo por parte de todos los vecinos. Yo soy el representante de 157 familias, donde en realidad los afectados fueron muchos más. Fueron alrededor de casi 500 familias afectadas, pero 157 son las que avanzaron con la acción judicial con el caso. En principio tuvimos un rechazo del primer juez de amparo, eso fue a la Corte, la Corte dijo que debía
investigarse y tramitarse. En el 2017, justo hace un año, hubo una condena que vos estás mencionando, la cual fue favorable. Esa condena que ordena el saneamiento y la recuperación del río, la cual fue apelada por la Provincia y por Néstor Marozzi, ahora por la Corte fue rechazada esta apelación. Así que ahora estamos en una etapa de ejecución de sentencia, es decir, que se realicen todos los planes y las obras necesarias para evitar nuevas inundaciones y para que se produzca el saneamiento de un río que está
contaminado.
V. C.: ¿Por qué cree usted que la Provincia y la empresa Marozzi decidieron apelar esta medida?
P. A.: Básicamente en base a la Provincia ya es una costumbre esta cuestión de no hacerse cargo y buscar, aunque sea evidente, de sentido común, lo mismo intentan dilatar la cuestión y apelarlo. De hecho, de los siete jueces, seis rechazaron la apelación, pero hay un juez, que es el Dr. Abel Cornejo, que estuvo a favor de la apelación. A mi criterio eso tiene un concepto bastante antiguo, digamos, aquellos jueces que consideraban que el Poder Judicial no debía meterse en cuestiones administrativas del Ejecutivo. Esto que tiene que ver con las obras que se realicen para prevenir las inundaciones y la contaminación, y son criterios del siglo XX más que nada, que ya ahora están desoperados, tanto a nivel nacional como internacional, porque en realidad se invoca un principio republicano. El principio republicano de que un poder no puede invadir la facultad del otro, pero eso ya es antiguo, porque en realidad lo que tiene que hacer, según el principio republicano, un poder respecto del otro, es controlarlo. Entonces si un Poder Ejecutivo no está haciendo lo que le corresponde, por el hecho de ser Estado, debe realizar todas las obras, gestiones o actividades concretas que tengan por finalidad precisamente, que no se afecte un derecho humano, un
derecho constitucional, como lo es el derecho a la salud pública y al ambiente. Entonces, evidentemente, no están haciendo lo que le corresponde y es por eso que el Poder Judicial no le está diciendo qué es lo que tiene que hacer, sino que lo tiene que hacer. Es diferente, no le dice cómo lo tiene que hacer, sino que le está diciendo que lo debe hacer
indefectiblemente porque para eso existe el Estado, y así es que el Poder Judicial puso una serie de obras con carácter urgente y ahora les van a dar un plazo para que se vaya produciendo este cambio estructural.
V. C.: ¿En qué estado judicial se encontraría este caso al día de hoy?
P. A.: Se determinaron dos cosas, la responsabilidad del Estado dentro de este tema y que las obras que se mandaron a hacer están inconclusas y no son idóneas para solucionar el problema, así que ahora estamos en esa etapa, se denomina ejecución de la sentencia. Sobre la sentencia que ya se dictó hace un año, en septiembre del año pasado, ahora esperamos que se ejecute. Si no se ejecuta iremos a la aplicación de multas para los funcionarios que se nieguen o se resistan al cumplimiento de la orden judicial.