2023-08-22

PAGO DE IMPUESTOS

Urgente: AFIP lanzó un nuevo beneficio destinado a micropymes, conocé los detalles y enterate si podés acceder

La medida fue oficializada mediante una Resolución publicada en el Boletín Oficial
Por Redacción Voces Críticas

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) Mediante la Resolución General 5405/2023 publicada este martes en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, oficializó un nuevo beneficio destinado a micropymes.

El organismo recaudador estableció que las microempresas tendrán la posibilidad de computar un máximo de 30% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias (IDCBC) que hubiesen sido ingresados hasta el 31/07/2023 en concepto de contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Se debe tener en cuenta que para computar este beneficio, los empleadores deben estar categorizados en el Sistema Registral de la AFIP como microempresas y ejercer la opción seleccionada al momento de confeccionar la declaración jurada en el sistema de Declaración en Línea.

Además, el monto a computar debe ser igual o inferior al 15% del saldo total a ingresar en concepto de contribuciones patronales destinadas al SIPA, e iguales o inferiores al 30% del IDCBC percibido.

Desde AFIP aclararon que beneficio permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2024, y para poder acceder las microempresas deben cumplir con los siguientes requisitos:

- Estar registradas en AFIP con el código “272 - Micro Empresas Ley 25.300”.

- Realizar la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social a través del sistema “Declaración en línea”.

- Informar el importe del ICBCD que deseen computar como pago a cuenta en el campo “Pago a cuenta Dec 394/2023”.

- El monto del ICBCD que se vaya a computar como pago a cuenta no puede superar el 15% del saldo a ingresar en concepto de contribuciones patronales con destino al SIPA, ni el 30% del ICBCD percibido.

- El cómputo del pago a cuenta se realizará únicamente respecto del importe percibido en concepto de ICBCD durante el período mensual devengado de las contribuciones que se quieren cancelar.

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