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Juicios por Jurado en Salta: se aplicará a homicidios calificados y a femicidios
SALTA (Redacción Voces Críticas) Este 2025, la justicia salteña trae novedades en lo que respecta al acceso a una democracia más inclusiva y a una participación popular. Desde este mes, comenzó a regir los juicios por jurado donde, en primera instancia, será aplicado a homicidios calificados y a femicidios. Los mismos, serán juzgados tanto por jueces profesionales como por un tribunal integrado por el pueblo salteño.
En el decreto provincial emitido el pasado jueves 2 del corriente, se estableció mediante el Boletín Oficial la Ley 8478 de juicios por jurados. La misma comprende a la participación de la ciudadanía -50% hombre y 50% mujeres- en la constitución de un tribunal conformado por 12 miembros. Además, de acuerdo con la complejidad, tiempo y duración del proceso penal, se podrá contar con más de 4 suplentes. Todos ellos serán instruidos sobre derecho penal de acuerdo al juicio que enfrenten el o los acusados.

Todos los integrantes, profesionales o no, deberán deliberar acerca de la culpabilidad de las personas en los hechos que se lo imputan. Estos juicios constituyen un derecho y una carga pública para quienes lo integren. Asimismo, se establecieron una serie de condiciones para integrar la nómina: ser nativo argentino o residir con una antigüedad de dos años en el país, saber leer y escribir, comprender el idioma castellano, tener entre 18 y 75 años y tener un año de residencia en la jurisdicción departamental correspondiente al lugar del hecho.
Tampoco podrán integrar los juicios por jurados personas que ejerzan o hayan ejercido cargos públicos en lo que respecta a la conducción de la gobernación, intendencia como así tampoco quienes hayan sido electos –o se postulen- para integrar el parlamento municipal o provincial. La restricción abarca a magistrados; funcionarios y empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público provincial o nacional; abogados, escribanos y procuradores; profesores universitarios de disciplinas jurídicas o de medicina legal; peritos inscriptos e integrantes en servicio activo o retirados de las fuerzas armadas, de seguridad y del Servicio Penitenciario.
El Estado provincial será el encargado del pago de los honorarios, indistintamente si se trata de empleados públicos o privados. De la única manera en el que un ciudadano puede negarse a integrar este juicio es con la justificación de estar en riesgo su integridad física o salud emocional. Con esta decisión, Salta se convierte en la decimocuarta provincia del país en adoptar este sistema, marcando un hito en el fortalecimiento de su democracia y promoviendo una Justicia más inclusiva y transparente. Informa Voces Críticas.