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LOS DETALLES DE LO OCURRIDO

La denuncia de Teruel por supuesta extorsión quedó archivada: "no ha lugar"

Conocé las razones de este rechazo legal
La denuncia de Teruel por supuesta extorsión quedó archivada: "no ha lugar"
La denuncia de Teruel por supuesta extorsión quedó archivada: "no ha lugar"
Por Redacción Voces Críticas
viernes 13 de diciembre de 2019

SALTA.- (Redacción Voces Críticas) Mario Teruel y Noemí Cristina Laspiur denunciaron a una mujer y una hija por el supuesto delito de Extorsión, Chantaje y/o Coacción. El hecho fue en el mes de octubre.

En este contexto, Federico Jovanovics, fiscal penal 2 dispuso desestimar y archivar las actuaciones que iniciaron Teruel y Laspiur. Asimismo, consideró que lo que denunciaron no es delito y por lo tanto no encuadra en la figura penal.

La denuncia decía que ambas mujeres habrían dicho a Teruel que tenían una serie de grabaciones en las que su hijo menor Lautaro Teruel reconocía un delito y que si no le compraban el terreno y un vehículo, las harían públicas y harían una denuncia. Todo esto ocurrió en un local comercial, en dónde habían pactado reunirse en enero pasado. Agregó que las mujeres le dijeron que todo se podía solucionar si llegaban a un acuerdo económico. Contó que también que ni se les ocurra comentar esto con alguien porque lo sacarían en todos lados y Lautaro no podria salir a la calle.

También, en su denuncia, Teruel y Laspiur decidieron no dejar constancia y no denunciar "hasta tanto tengamos algún elemento como para sustentarla", sostuvieron.

En este marco, Federico Jovanovics consideró que "el hecho “dio cuenta de un planteo de peticiones pecuniarias en base a supuestos padecimientos sufridos por la parte denunciada, lo que indica un potencial ejercicio de las acciones legales que cupieren al respecto”.

Por este motivo descartó el delito de amenazas y de manera consecuente los de extorsión y coacción y recalcó que el primero requiere el anuncio de un mal concreto, futuro, cierto, serio, grave, injusto, idóneo de carácter ilegítimo que no está obligado a sufrir y que no se trate necesariamente de un ilícito penal, no resultado injusto el ejercicio legítimo de un derecho.

Asimismo, aclaró caso particular, “la mujer y su hija se habrían presentado con exigencias económicas por el supuesto padecimiento de un hecho delictivo de acción de instancia privada en perjuicio de la integridad sexual de la menor, el cual ya se encuentra ventilando en un debido proceso en trámite por ante la justicia penal”. Y agregó que la mujer y su hija, al incitar al denunciante al pago de los daños como víctima del delito contra la integridad sexual por el cual se encuentra requerido Lautaro Teruel en perjuicio de la menor, “deja a todas luces claro la ausencia del elemento de ilegitimidad en las distintas peticiones pecuniarias efectuadas por las denunciadas, por lo que no se actualiza el delito de amenazas”. El fiscal también descartó el delito de extorsión.

Aclaró que en el caso particular, en el presente caso "no existió intimidación idónea, tal como ya se lo explicó al analizar la legitimidad para denunciar con la que contaban las mujeres, y que de hecho ya denunciaron a Lautaro Teruel por el delito contra la integridad sexual de la menor, encontrándose el proceso penal en curso"

Citó jurisprudencia que resolvió que “de ningún modo puede ser considerado constitutivo del delito de extorsión requerir una suma de dinero para no formular denuncia, pues solo se está advirtiendo que se piensa hacer uso de las vías legales”. Por último, descartó el delito de coacción, toda vez que al no darse los requisitos de la amenaza (es decir, del anuncio concreto de un mal futuro, cierto, serio, ilegítimo dirigida a obligar a una persona a hacer algo en contra de su voluntad, como entregar dinero y muebles e inmuebles a las denunciadas, no se puede tener por actualizado ese delito, manifestó en su escrito.

En este sentido, el fiscal también consideró que “del contenido de las actuaciones, no surgió que las denunciadas hayan manifestado de modo alguno que realizarían en contra de su hijo Lautaro Teruel una denuncia falsa”, es decir atribuirle deliberadamente un hecho que no existió, dejó asentado.

Continuó el texto con lo siguiente: "en ejercicio de los derechos que la ley les refrenda, acudieron a requerir a Teruel lo que entendieron suficiente para no activar las vías judiciales y legales, tanto para que se determine la responsabilidad penal del autor del hecho en perjuicio de la menor, como la civil para su reparación de daños patrimoniales y morales con el alcance que la ley la faculte para ello. 

Con toda esta explicación y fundamentos legales, las actuaciones fueron desestimadas y archivadas.