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Aborto: Salta quiere declarar inconstitucional la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

La diputada Cristina Fiore encabeza la presentación

Aborto: Salta quiere declarar inconstitucional la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

SALTA (Redacción Voces Críticas) Siguiendo los pasos de Tucumán, en Salta ya trabajan con la intención de declarar inconstitucional la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo que se aprobó el pasado 29 de diciembre en el Senado, y que será reglamentada esta semana por el Ejecutivo nacional. 

Ante este panorama, el juzgado federal N° 2 de Salta, a cargo de Miguel Medina, habilitó la feria de enero para tratar un pedido de inconstitucionalidad de esta ley que abrió una nueva grieta en la sociedad entre "verdes" y "celestes" que se profundizó aun más con la aprobación. 

En este sentido, se informó que el pedido fue recibido por el fiscal federal Ricardo Rafael Toranzos, quien pidió el tratamiento inmediato de la demanda. En la presentación, los denunciantes sostienen que el protocolo aprobado es "inconstitucional en tanto elimina el deber estatal de protección del derecho a la vida de un número indeterminado de niños por nacer en virtud de la ilegal ampliación de la inimputabilidad penal a casos no previstos en los supuestos de hecho contemplados en el art. 86, incisos 1° y 2° del Código Penal de la Nación".

Los demandantes sostienen también que "el protocolo posibilita que se realicen actos crueles e inhumanos prohibidos por el art. 18 de la Constitución Nacional, como ser matar a los embriones con el corazón ya latiendo y a los fetos totalmente formados dado que no se fija límite temporal alguno". 

Presentación Judicial

La presentación judicial, entre quienes aparece la presidenta del Partido Renovador de Salta, Cristina Fiore Viñuales junto a otros dirigentes, es una acción declarativa de inconstitucionalidad.

El texto critica que el protocolo no contemple "la posibilidad de realizar un procedimiento menos dañinos como, por ejemplo el adelantamiento del parto o del ofrecimiento a la madre de la entrega posterior en adopción, con prohibición incluso de poder ofrecer de modo efectivo a la madre gestante, ya sea a través del Estado o Instituciones los medios alternativos necesarios para salvaguardar a las dos vidas".

¿Qué dice la IVE?

Con la sanción de la ley, por primera vez desde que se sancionó el Código Penal en 1921 en la Argentina la práctica del aborto no será considerada delito hasta la semana 14 de gestación.

La norma establece las condiciones en las cuales una mujer podrá llevar a cabo la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 14 semanas de gestación sin necesidad de que medie causal alguna y sin costo, ya que la práctica se incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) del sistema de salud.

 

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