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Alquileres: características de la nueva Ley

En diálogo con Voces Críticas, el presidente del Colegio de Corredores Inmobiliarios, explicó cómo se pondrá en vigencia la nueva Ley de Alquileres

Alquileres, Fuente: Twitter

SALTA.- ( Redacción) Voces Críticas dialogó en exclusiva con el presidente del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Salta, Juan Biella. Explicó a Voces Críticas cómo se pondrá en vigencia la nueva Ley de Alquileres, Mencionó entre sus características principales, que los contratos serán por 3 años y los ajustes del precio se realizarán de manera anual.

V.C: Presidente Biella, ¿Podría explicarnos como será el nuevo régimen de contratos entre propietarios e inquilinos?

J.B: Esta ley se aprobó el año pasado y el cambio más interesante se dio en los contratos de alquiler de viviendas, ya que a partir de su puesta en vigencia, los alquileres de ahora en adelante responden a contratos de 3 años como mínimo y las actualizaciones se realizarán una vez al año tomando como referencia una mezcla entre la inflación y el salario. Esta mezcla, recibe el nombre de ICL o Índice de contrato de locación y los determinará el Banco Central (BCRA). Además, esta ley obliga al propietario a registrarse en AFIP y brindar facturas al inquilino.

V.C: Juan Biella, ¿La responsabilidad tributaria se le recargara al inquilino o es responsabilidad del propietario?

J.B: Es responsabilidad del propietario, ya que es el que debe ocuparse del armado del contrato. Esto no quita que la pueda delegar al inquilino o a la inmobiliaria según a él le convenga. Ahora lo que es claro, es que a partir de ahora el propietario debe registrar las operaciones de alquiler en AFIP y por supuesto tributar.

V.C: ¿Le parece que esto moverá bastante el precio de los alquileres?

J.B: Por supuesto, los propietarios tras informarse sobre la aprobación de esta ley, ya realizaron los correspondientes aumentos a sus propiedades; es por eso que podrán notar que en los últimos meses los alquileres de vivienda tuvieron un notable aumento a comparación del alquiler de locales comerciales, que por lo contrario sufrieron una merma del precio. Aquí hay que dejar una cosa clara, la intervención del estado en un contrato entre privados, no hace otra cosa que generar incertidumbre y ansiedad en el mercado, Podemos decir que a las claras ésta Ley de Alquileres no beneficia de ninguna manera al inquilino y tiene en esencia un fin únicamente recaudatorio.

V.C: El relato del gobierno nacional fue que esta ley beneficiaria al inquilino ¿En qué se beneficia el inquilino?

J.B: El inquilino tiene muy pocos beneficios con la nueva ley porque realmente termina pagando de más cayendo en la especulación de los propietarios al no poder determinar con exactitud cuáles serán los índices inflacionarios de los años siguientes. Antes, la actualización de precios se realizaba cada seis meses porque cada seis meses había paritarias; por ende el precio del alquiler siempre acompañaba al salario del inquilino y ¿Por qué? Se preguntarán ustedes,  sencillamente porque los propietarios deben fijar un precio que el inquilino le pueda pagar, de lo contrario el contrato debe rescindirse.

V.C: ¿Cómo se calcula la inflación de un año?

J.B: La cosa es así, cuando se vence un contrato se lo tasa de vuelta al inmueble, normalmente el inquilino viene con un alquiler atrasado porque siempre se actualizaba por debajo de la inflación. Esta variante que propone el Gobierno Nacional, toma como índice la inflación marcada por el BCRA, motivo por el cuál veo muy pocas posibilidades de que los aumentos se sigan haciendo pensando en el inquilino,sino mas bien en la especulación financiera

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