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El decreto con las nuevas restricciones ya es oficial: puntos claves del DNU

Fue publicado en el Boletín Oficial

El decreto con las nuevas restricciones ya es oficial: puntos claves del DNU

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) Tal como estaba previsto, se conoció la letra fina del decreto firmado por Alberto Fernández con las nuevas restricciones que regirán a partir de la 0 de este viernes ante el avance de la segunda "ola" de coronavirus que afecta a todo el país. Tal como lo anunció el presidente, se ajustarán algunas medidas a los fines de mitigar los contagios. 

Este nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia, garantiza -por ahora- la continuidad de las clases presenciales. Además, aclara que el uso del transporte público de pasajeros está permitido tanto para docentes como para no docentes, estudiantes y acompañantes que asistan a las actividades escolares presenciales como también las no presenciales. 

La nueva batería de restricciones también señana que las actividades que quedan suspendidas en todo el territorio nacional son los viajes de egresados, jubilados, de estudio, para competencias deportivas no oficiales, grupos turísticos y grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.

El decreto también indica que las reuniones en domicilios particulares con más de 10 personas, también estarán prohibidas -según el DNU- hasta el 30 del mes en curso, o dependiendo cómo se desarrolle la pandemia.

En el caso de las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios podrán realizarse en tanto posean un protocolo de funcionamiento. En todos los casos, el uso de las superficies cerradas se limita al 50%. Asimismo, se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 que deberán tener un aforo máximo del 30%, misma capacidad máxima que podrán tener los espacios destinados para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y gimnasios.

Circulación nocturna

En el punto de la restricción nocturna, el Decreto, indica que en los lugares de "alto riesgo epidemiológico y sanitario" (Salta está exceptuada), se establece la restricción de circular entre las 0 y las 6. En este sentido, serán las autoridades del ejecutivo de cada jurisdicción las que definirán cómo continúa la circulación en sus provincias. 

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