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Qué es y para qué sirve el Botón de Arrepentimiento que aparece en las páginas online de Bienes y Servicios

Sayra Lens, Directora de Sumarios Administrativos de la Secretaría de Defensa al Consumidor de Salta, habló con Voces Críticas

Fuente: Twitter

SALTA (Redacción Voces Críticas) Desde que la pandemia llegó a nuestro país y desde que se iniciaron las medidas de confinamiento estricto en marzo del año pasado, proliferaron las ventas online de todo tipo, es por ello que la Secretaría de Comercio de la Nación se puso a trabajar para que las personas tuvieran la posibilidad de dar de baja un servicio o devolver un producto por la misma vía, y así nació el Botón de Arrepentimiento. Para hablar del tema, Voces Críticas se puso en contacto con Sayra Lens, la Directora de Sumarios Administrativos de la Secretaría de Defensa al Consumidor.

La Directora explicó en detalle de qué se trata y cómo se utiliza: “Con este tema del auge de las compras digitales por este tema de la pandemia, como que se vio en aumento el tema de las compras online y la contratación de servicios de manera digital y es que la Secretaría de Comercio Interior de la Nación vino a reglamentar este derecho a la información justamente que tienen que tener los consumidores para equilibrar las desigualdades que hay en las relaciones de consumo hoy en día, y más que nada con todo este tema de las compras online. El Botón de Arrepentimiento es la Resolución 424 que dictó la Secretaría de Comercio Interior, y ya antes de esta resolución se había dictado la Resolución 271 que ordenaba a los proveedores de Bienes y Servicios a publicar los contratos de adhesión de manera online, de forma clara y visible, y además un link de fácil acceso para poder dar de baja, el denominado Botón de Baja, el Botón de Arrepentimiento consiste en la facultad de revocación que tienen los consumidores, que esta facultad ya estaba prevista en la Ley 24240 y en el Código Civil y Comercial, es el derecho que tienen los consumidores a rescindir el servicio contratado o a devolver el bien adquirido, tienen 10 días corridos desde la compra, y los gastos de la devolución van a cargo del vendedor, lo que viene a reglamentar esto es que los proveedores de Bienes y Servicios tienen que tener publicado este Botón en su página de inicio, de manera visible, de fácil acceso, esta posibilidad y además, lo más importante es que, al igual que el Botón de Baja, el consumidor no tiene obligación de estar registrado de manera previa para poder realizar este trámite, no se le debe exigir ningún tipo de registración ni de condición alguna”.

Respecto a la actividad que su área se encuentra realizando, Sayra Lens indicó: “Nosotros estamos realizando constantemente controles de oficio, fiscalizando, entrando a las páginas web, igual que Nación, más que nada nosotros estamos actuando sobre las empresas locales, Nación está actuando sobre las grandes empresas, pero sí se hace un trabajo de manera coordinada con Nación para controlar esto porque es prácticamente la única vía que tienen hoy en día los usuarios y consumidores para poder ejercer sus derechos de baja y revocación. Todavía no están las sanciones, lo que se hizo fue iniciar un sumario administrativo y ahora están en trámite esos expedientes, una vez que se lleve a cabo el procedimiento legal se ponderará si corresponde o no la aplicación de sanciones, ya efectuaron los descargos algunas empresas y ahora se tiene que evaluar. Actualmente se imputó a Salta Cable Color, Castillo, Amsterdam Salud y OSPE Salud”.

Por otro lado, Lens nos comentó cómo es el procedimiento luego de iniciar un sumario contra una de las empresas que están incumpliendo con las resoluciones: “Ellos efectúan su descargo, ejercen su derecho de defensa, se incorporan pruebas en caso de que sea necesario y una vez que se concluye eso se ponderan las pruebas y las constancias que se extrajeron en las fiscalizaciones y se considera si corresponde o no la aplicación de una sanción”.

Finalmente, y en referencia a qué deben tener en cuenta los usuarios, Sayra Lens consideró: “Lo más importante que se le puede recomendar a la gente es que por ejemplo, con el tema del derecho a la revocación tienen 10 días ellos para ejercer ese derecho, pero que tengan en cuenta que si no se les informó adecuadamente esta facultad cuando celebraron el contrato, ese plazo todavía no empezó a correr, el plazo de los 10 días les corre desde que les avisan, tienen que avisarle detalladamente los proveedores a los consumidores de estos derechos, tanto del tema de la baja como de la revocación, que son dos cosas distintas, y todo esto no es otra cosa que el deber de la información siempre la información tiene que ser cierta y clara, la ley establece que en el documento de ventas tienen que hacer estas explicaciones y además, estas resoluciones les vienen a exigir que tiene que estar en su página web la información, información clara y notoria”, culminó.

La directora de sumarios administrativos de la secretaría de defensa al consumidor Sayra Len informó que se abrieron investigaciones contra 4 empresas salteñas Castillo, Salta Cable Color, OSPE y Amsterdam Salud. Por no presentar información clara sobre el botón de arrepentimiento al momento de adquirir productos y servicios mediante plataforma online.

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