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Repro II: desde hoy se puede acceder al complemento salarial para trabajadores

Los montos a cobrar difieren de acuerdo a la condición de cada beneficiario.

Repro II: desde hoy se puede acceder al complemento salarial para trabajadores

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) Debido a la pandemia, se creó el Programa de Recuperación Productiva 2 (Repro II) como herramienta para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. En este sentido, el beneficio consiste en asignar una suma de dinero individual y fija que se pagará a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa. 

Teniendo en cuenta el contexto sanitario, la asistencia económica del Gobierno también se otorgará en el mes de junio. Para ello, según confirmó la AFIP, se abrió la inscripción hoy y hasta el primero de julio estará habilitada para solicitar este beneficio que será destinado a los salarios del mes de junio. 

Cabe destacar que al Repro II lo pueden solicitar las empresas encuadradas en los sectores detallados en el Anexo I y el Anexo II de la Resolución 341/2021. Actualmente, el monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades.

De esta manera, el incentivo económico para los sectores afectados no críticos será de hasta $9.000; mientras que los sectores críticos recibirán hasta $12.000. Por su parte, el sector salud recibirá $22.000 en esta edición. “Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa de forma mensual para poder acceder al mismo. La actualización de los CBU en las bases de datos será hasta 72 hs previas a la inscripción de cada mes”, se aclaró del Gobierno.


Requisitos 


Cabe destacar que hay ciertas condiciones que cumplir para recibir el Repro II. Para ello, los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) son Mayo de 2019 y Mayo de 2021; no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019; corte de actualización de bajas de nómina: 23 de Junio inclusive y corte de actualización CBU: 22 de Junio inclusive.

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